STSJ Andalucía 1685/2006, 31 de Mayo de 2006
Ponente | EMILIO LEON SOLA |
ECLI | ES:TSJAND:2006:5826 |
Número de Recurso | 450/2006/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1685/2006 |
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
1685/2006
1
M.F.R.
SECCIÓN SEGUNDA
SENT. NÚM. 1685/06
ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ
ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO
ILTMA. SRA. Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS
MAGISTRADOS
En Granada, a treinta y uno de mayo de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm. 450/06, interpuesto por Doña Constanza contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO DE ALMERÍA, en fecha 6 de julio de 2005, en autos núm. 82/04. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don EMILIO LEÓN SOLÁ.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Doña Constanza, sobre reconocimiento de derechos, contra SERVICIO ANDALUZ DE SALUD; y admitida a trámite y celebrado juicio, se dictó sentencia en fecha 6 de julio de 2005, por la que se desestimó la demanda planteada por la actora, estimándose la excepción de incompetencia de jurisdicción, alegada por la demandada.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
La actora Da. Constanza, mayor de edad, cuyas demás circunstancias obran en autos, viene trabajando para el Servicio Andaluz de Salud, con la categoría laboral de Auxiliar de Administrativo con destino en la Unidad Docente en el Centro Periférico de Especialidades, (Bola Azul.).
Que con fecha 16-1-2002 cause baja por temporal, siendo dada de alta el día 10-3- 2003, por curación.
Que a la fecha del hecho causante, se encontraba prestando servicios en la unidad docente. En el periodo de baj a por Incapacidad Temporal se estuvo cubriendo su puesto de trabajo contrato de sustitución, que concluyo a la fecha del alta el día 10-3-2003.
Mediante escrito de fecha 10 de febrero de 2.003, se le notifica por el Director Económico-Administrativo del Complejo Hospitalario de Torrecárdenas, el siguiente escrito:
"Por la presente le informo que, al objeto de reestructurar las distintas Unidades Administrativas y optimizar los recursos humanos existentes, a partir de la recepción del presente escrito pasara a desempeñar su labor en el Servicio de Gestoría del Usuario del Hospital de Torrecárdenas.
Con fecha 7 de octubre de 2003, solicitó nuevamente que se respetase el puesto de trai:>aj o que venia desempeñando en la Unidad Docente del CPE., toda vez que tuvo conocimiento que el citado puesto estaba siendo cubierto por D. Carlos José, mediante un contrato de situación especial en activo.
Que con fecha 21 de octubre de 2003, se le comunica que una de las competencias que tiene atribuida la dirección, es la ordenación, organización y determinación de los. turnos del personal, por lo que la adscripción a un determinado puesto no se realiza de forma arbitraria, sino atendiendo' a razones de optimización de los retursos humanos existentes.
La actora presentó escrito de reclamación previa, que ha de entenderse desestimada por silencio administrativo.
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Doña Constanza, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
En la demanda que encabeza las...
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