Esperando al estado: la necesaria regulación de los referéndums consultivos autonómicos

AutorTomás de la Quadra-Salcedo Janini
Páginas233-244
ESPERANDO AL ESTADO: LA NECESARIA REGULACIÓN
DE LOS REFERÉNDUMS CONSULTIVOS AUTONÓMICOS
Tomás de la Quadra-salcedo janini
Profesor Titular de Derecho Constitucional
Universidad Autónoma de Madrid
I. INTRODUCCIÓN
Desde determinados sectores doctrinales y políticos se viene propugnan-
do la crisis de las formas representativas de gobierno puras, lo que ha gene-
rado que en los últimos tiempos haya renacido el interés por aquellas formas
de democracia directa, participativa y deliberativa que hasta ahora habían
jugado un papel menor en nuestro sistema parlamentario. Así, se ha sos-
tenido que el incremento de los instrumentos participativos y deliberativos
fomentaría la calidad democrática de España.
Sin asumir o rechazar tal presunción, el propósito de estas páginas es
examinar la regulación que en nuestro ordenamiento jurídico se ha realizado
de tales instrumentos participativos en un ámbito muy concreto, como es el
ámbito territorial autonómico.
Entre los instrumentos participativos destacan los referéndums que se-
rían el instrumento clásico de participación directa de los ciudadanos en los
asuntos públicos y se puede considerar como un instrumento de contrapeso
y control del poder de los representantes por parte de los representados, pues
a través del referéndum estos pueden manifestar directamente su voluntad en
relación con una determinada cuestión.
Del análisis de la doctrina del Tribunal Constitucional resulta la impo-
sibilidad de que puedan tener lugar referéndums consultivos a nivel territo-
rial autonómico mientras el Estado no decida en una Ley Orgánica —y más
concretamente, según el Alto Tribunal, en la Ley Orgánica a la que se refiere
el art. 92.2 CE—, su establecimiento y regulación, cosa que no ha ocurrido
to davía.

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