STSJ Cantabria 1046/2002, 19 de Julio de 2002
Ponente | SANTIAGO PEREZ OBREGON |
ECLI | ES:TSJCANT:2002:1490 |
Número de Recurso | 867/2001 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1046/2002 |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Social |
D. Francisco Martínez CimianoD. Santiago Pérez ObregónD. Juan Manuel Abascal Sanjulián
Sentencia Núm. 1.046/02
Rec. Núm. 867/01
Sec. Sra. Colvée Benlloch.
PRESIDENTE
Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano
MAGISTRADOS
Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón
Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Abascal Sanjulián
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En Santander, a diecinueve de julio de dos mil dos.
En el recurso de suplicación interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón, quién expresa el parecer de la Sala.
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Carlos Alberto siendo demandados la Tesorería General de la Seguridad Social y otro sobre seguridad social y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 24 de abril de 2001 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Que como hechos probados se declararon los siguientes:
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- El actor D. Carlos Alberto , viene prestando sus servicios para la empresa Los Heros SAT. encontrándose desde el 1 de abril de 1.986 afiliado al Régimen Especial Agrario por cuenta ajena.
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- Los Heros SAT., fue constituido el20 de julio de 1.982, con un capital social de 112.000.000 correspondientes a 112 títulos, la cual están repartidos de la siguiente forma:
Carolina (16 títulos).
Leticia (16 títulos).
Donato (5 títulos).
María Antonieta (5 títulos).
Lázaro (5 títulos).
Santiago (5 títulos).
Luis Manuel (5 títulos).
Aurelio (5 títulos).
Marta (3 títulos).
Carlos Alberto (3 títulos).
Matías (5 títulos).
Claudia (5 títulos).
Carlos José (5 títulos).
Marina (3 títulos).
Lázaro (3 títulos).
Federico (3 títulos).
Gema (3 títulos).
Sebastián (1 título).
Alfredo (1 título).
Isidro (4 títulos).
Vicente (1 titulo).
Juan Enrique (4 títulos).
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- La empresa Los Heros SAT, posee tres órganos de Gobierno: Asamblea General, Junta Rectora y Presidencia. La Junta Rectora está conformada por: Presidente D. Isidro ; Secretario: D. Vicente y Vocales: D. Juan Enrique , D. Alfredo , D. Sebastián , Dª. Carolina y Dª. Leticia . Se dan por reproducidos los Estatutos de la Sociedad al estar unidos da la prueba documental de la actora.
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- En Junta General celebrada con fecha 19 de mayo de 1.998 se acordó otorgar poder a D. Carlos Alberto , con las facultades siguientes:
a)Abrir, seguir, disponer y cancelar cuentas corrientes y de crédito
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Librar talones, cheques, mandatos de pago y ordenar transferencias
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Librar endosar, aceptar, cobrar, pagar, protestar y domiciliar letras de cambio y otros efectos de comercio
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Constituir y cancelar depósitos de efectivo e imposiciones a plazo.
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- Con fecha 10-8-2.001, por la empresa Los Heros SAT, se solicitó el cambio al grupo de cotización tarifa 1 de D. Carlos Alberto .
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- El actor viene percibiendo unos salarios conforme aparecen las nóminasaportadas a la prueba documental, las cuales se dan por reproducidas.
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- Por la TGSS se apertura expediente para cambio de encuadramiento del Sr. D. Carlos Alberto , oyéndose al mismo. Por resolución de fecha 16-10-2000 se acordó el cambio de encumbramiento de D. Carlos Alberto , dándole de alta en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia. Interpuesta reclamación previa la misma fue desestimada.
Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada,siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.
Frente al fallo de la sentencia que estima la pretensión del actor y declara que el mismo se encuentra inserto en el Régimen Especial Agrario por cuenta ajena, las Entidades Gestoras de la Seguridad Social interponen el recurso que desarrollan en dos motivos.
Al amparo del articulo 191.b) de la LPL formalizan el motivo primero que tiene por objetorevisar los hechos declarados probados en la sentencia.
En concreto postula las modificaciones siguientes:
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) Que se añada al hecho segundo un párrafo que diga:
"Dicha composición y reparto se realizó el 29/9/90. De todos los socios el único quetrabaja en la sociedad es el hoy demandante".
Ello resulta de la documental del folio 22 vuelto, y de los folios 35 a 27 de los autos.
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) Añadir al hecho tercero el siguiente dato:
"El Presidente de esta Junta se jubiló a partir del día 1-9-99".
Lo que resulta del hecho cuarto de la demanda y del folio 33 vuelto.
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) Cambiar el hecho quinto para que se adecue a lo realmente sucedido:
"Con fecha 1-2-00, el actor pasó a cotizar del grupo 9 al grupo 1 comunicándose formalmente este movimiento el 10- 8-00. Al tramitar y comprobar esta incidencia se inició por la TGSS un cambio de encuadramiento que tras el período de...
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