Algunos efectos relevantes de la globalización: el reglamento (UE) núm. 650/2012, del parlamento europeo y del consejo, de 4 de julio, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo

AutorElisabeth García Cueto
Páginas293-316
CAPÍTULO 6
ALGUNOS EFECTOS RELEVANTES
DE LA GLOBALIZACIÓN: EL REGLAMENTO (UE)
NÚM. 650/2012, DEL PARLAMENTO EUROPEO
Y DEL CONSEJO, DE 4 DE JULIO, RELATIVO
A LA COMPETENCIA, LA LEY APLICABLE,
EL RECONOCIMIENTO Y LA EJECUCIÓN
DE LAS RESOLUCIONES, A LA ACEPTACIÓN
Y LA EJECUCIÓN DE LOS DOCUMENTOS
PÚBLICOS EN MATERIA DE SUCESIONES
MORTIS CAUSA Y A LA CREACIÓN
DE UN CERTIFICADO SUCESORIO EUROPEO 1
I. INTRODUCCIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
No podemos cerrar el presente estudio sin tener en cuenta el contexto
actual del Derecho sucesorio y, por ende, de la problemática que estamos
analizando, que nos obliga necesariamente a mencionar a Europa y su
reciente Reglamento (UE) núm. 650/2012, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 4 de julio, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reco-
nocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecu-
ción de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y
a la creación de un certif‌icado sucesorio europeo, analizando los aspectos
más relevantes del mismo. Como es sabido, en todas las relaciones entre
personas o sujetos surgen hechos y realidades que deben tener el amparo
de una norma jurídica. El efecto de la globalización es cada vez más fre-
cuente, siendo habitual que las personas convivan, trabajen o se casen,
con otra o en otro país distinto al de su nacionalidad
2, ya sea de forma
1 Vid., por todos, en esta materia, Ch. BALDUS, «¿Hacia un nuevo derecho sucesorio euro-
peo?», Anales de la Academia Matritense del Notariado, t. II, Madrid, Colegio Notarial de Ma-
drid, 2009, pp. 419-438; J. L. IGLESIAS BUHIGUES, «Ref‌lexiones en torno al espacio europeo de
justicia. A propósito del futuro reglamento en materia sucesoria», Revista Valenciana d’Estudis
(Vid. nota 2 en página siguiente)
294 ELISABETH GARCÍA CUETO
permanente o temporal. 2 Y esto, se acentúa más si cabe, en el marco eu-
ropeo, dado el principio de libre circulación de los nacionales miembros,
creando en un espacio sin fronteras, lo que se conoce como «Cross-Border
Situations» 3. Si bien existen múltiples convenios y tratados en el marco
del Derecho internacional privado, en el ámbito de la UE se ha inten-
Autonòmics, núm. 54, vol. 2, Valencia, 2010, pp. 276-295; J. CARRASCOSA GONZÁLEZ y J. MARTÍ-
NEZ NAVARRO (dirs.), Prontuario básico de derecho sucesorio internacional, Granada, Comares,
2012; M. ÁLVAREZ TORNÉ, La autoridad competente en materia de sucesiones internacionales: el
nuevo reglamento de la UE, Madrid, Marcial Pons, 2013; A. BONOMI y P. WAUTELET, Le Droit eu-
ropéen des successions: commentaire du Règlement n.º 650/2014, de 4 de juillet 2012, Bruxelles,
Collaboration: d’Ilaria Pretelli et Azadi Öztürk, Bruylant, 2013; J. CASADO RO MÁN, «La nueva
regulación comunitaria en materia de sucesiones», AC, núm. 2, Madrid, Wolters Kluwer, 2013;
A. FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GA RCÍA, «Aproximación a un concepto autónomo de propiedad su-
cesoria en el Reglamento núm. 650/2012», en J. J. FORNER DELAYGUA, C. GONZÁLEZ BEILFUSS y
R. VIÑAS FARRÉ (coords.), Entre Bruselas y La Haya: Estudios sobre la unif‌icación internacional
y regional del Derecho internacional privado. Liber amicorum Alegría Borrás, Madrid, Marcial
Pons, 2013, pp. 377-388; J. S. RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, «Derecho de sucesiones y derecho de la UE:
el Reglamento (UE) 650/2014», en A. V. FERNÁNDEZ-REYES, A. PÉREZ-COCA CRESPO y L. B. PÉREZ
GALLARDO (dirs.), y J. A. PÉREZ-BUSTAMANTE DE MONASTERIO (coord.), Estudios de derecho privado
en homenaje a Juan José Rivas Martínez, vol. 1, Madrid, Dykinson, 2013, pp. 47-73; I. A. CALVO
VIDAL, «La competencia notarial en el Reglamento (UE) 650/2012, sobre sucesiones», Anales de
la Academia Matritense del Notariado, t. LIV, Madrid, Colegio Notarial de Madrid, 2013-2014;
I. A. CALVO VIDAL (coord.), El nuevo marco de las sucesiones internacionales en la Unión Europea,
Madrid, CGN, 2014; J. CARRASCOSA GONZÁLEZ , El Reglamento sucesorio europeo 650/2012, de 4
de julio de 2012: análisis crítico, Granada, Comares, 2014; N. CHIKOC BARREDA, «Ref‌lexiones so-
bre los regímenes especiales en Derecho internacional privado sucesorio según el Reglamento
europeo 650/2012, de 4 de julio de 2012», Cuadernos de Derecho Transnacional, vol. 6, núm. 1,
Madrid, Área de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid, 2014.
pp. 121-146; S. HIDALGO G ARCÍA, «Las llamadas sucesiones vacantes en el Reglamento (UE)
650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012», Revista de Derecho
Civil, vol. 1, núm. 2, Editores Notyreg Hispania, 2014, pp. 41-72; Á. LARA AGUADO, «Impacto
del Reglamento 650/2012 sobre sucesiones en las relaciones extracomunitarias vinculadas a
España y Marruecos», Revista electrónica de estudios internacionales, núm. 28, 2014; A. MORENO
SÁNCHEZ-MORALEDA, «El certif‌icado sucesorio europeo en el Reglamento (UE) núm. 650/2012»,
en L. DÍEZ-PICAZO (coord.), Estudios jurídicos en homenaje al profesor José María Miquel, vol. 2,
Cizur Menor, Navarra, Thomson Reuters Aranzadi, 2014, pp. 2045-2088; P. RODRÍGUEZ MATEOS,
«La sucesión por causa de muerte en el derecho de la Unión Europea», Revista electrónica de
estudios internacionales, núm. 27, 2014, pp. 5-59; U. BERGQUIST, Commentaire du règlement eu-
ropéen sur les successions, Paris, Dalloz, 2015; A. BONOMI, El derecho europeo y de sucesiones,
Colección Estudios Aranzadi, Cizur Menor, Navarra, Aranzadi, 2015; VVAA, «Formularios en
materia de sucesiones mortis causa y del certif‌icado sucesorio europeo», La Ley Unión Europea,
mes 22 de 2015.
2 M. AGUILAR BENÍTEZ DE LUGO, Lecciones de Derecho Civil Internacional, Madrid, Tecnos,
1996; M. ANDERSON y E. ARROYO I AMAYUELAS, The law of succession: testamentary freedom: Euro-
pean perspectives, Groningen, Europa Law Publishing, 2011; E. GARCÍA CUETO, «Algunos apuntes
sobre la propuesta de Reglamento europeo de sucesiones y sobre el certif‌icado sucesorio euro-
peo», La Notaría, núm. 4/2011-1/2012, Barcelona, pp. 127-138.
3 En este sentido J. CARRASCOSA GONZÁLEZ, «Reglamento sucesorio europeo y actividad nota-
rial», Cuadernos de Derecho Transnacional, vol. 6, núm. 1, Madrid, Área de Derecho Internacio-
nal Privado de la Universidad Carlos III de Madrid, 2014, p. 6, nos explica cómo la emigración
de personas del sur de Europa se ha producido a países del norte durante la segunda mitad del
siglo XX; también las migraciones hacia Europa por parte de las personas procedentes de África y
Asia; del este de Europa, tras la caída de la URSS, hacia la Europa occidental; dentro de Europa
también se producen movimientos, con especial importancia del turismo estacional y de los pen-
sionistas. Y f‌inalmente la idea de familia nuclear clásica está desapareciendo para crear lo que
Z. BAUMAN, Modernidad líquida, Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 2000, pp. 157-166,
citado por J. CARRASCOSA GONZÁLEZ, Reglamento sucesorio europeo..., op. cit., vol. 6, 2014, p. 6, ha
llamado la «modernidad líquida».

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