STSJ Comunidad de Madrid 564/2005, 13 de Junio de 2005

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2005:17395
Número de Recurso2379/2002
Número de Resolución564/2005
Fecha de Resolución13 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 564

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

Dª. Fátima de la Cruz Mera

En Madrid a trece de junio de dos mil cinco.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 2379/02 interpuesto por la Procuradora Sra. García Cornejo en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 C:B contra la resolución del TEAR de Madrid que estimó en parte la reclamación económico-administrativa deducida por la ahora demandante frente a liquidación por operaciones societarias del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandada la Comunidad de Madrid representada por la Ltda. Sra. Guerrero Ankersmit.La cuantía del recurso es inferior a 150.000 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 10 de diciembre de 2002 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazados para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 2 de Junio de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución del TEAR de Madrid que estimó en parte la reclamación económico-administrativa deducida por la ahora demandante frente a liquidación por operaciones societarias del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y ello en base a la constitución de la Comunidad de Bienes "Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000

C.B" con la finalidad de llevar a cabo de forma conjunta "la explotación en arrendamiento del edificio del que son copropietarios". Las cuestiones que se ventilan en el litigio se centran, además de diversas causas de oposición formal que afectan a la admisibilidad del recurso, en la propia sujeción al tributo de la constitución de la comunidad y en la posibilidad, de responder afirmativamente la cuestión anterior, de establecer una base imponible sobre la que girar la cuota del 1%. El acto recurrido sostiene dicha sujeción pero anula la estimación del valor de la base realizada por la Oficina Gestora por falta de la necesaria motivación de la comprobación del valor efectuado.

SEGUNDO

La demandante sostiene, en relación al planteamiento anterior, que no existe actividad empresarial en la finalidad de la Comunidad por no cumplirse los requisitos del art. 40, apdo. 2 de la Ley 18/1991 ni los que posteriormente incorporó el art. 25, apdo. 2 de la Ley 40/1998 , ambas reguladoras, con carácter sucesivo, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y ello por carecer de un local destinado exclusivamente a llevar a cabo la gestión de la actividad, ni existir tampoco una persona...

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