SAP Las Palmas 125/2007, 20 de Febrero de 2007
Ponente | CARMEN MARIA SIMON RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APGC:2007:692 |
Número de Recurso | 449/2006 |
Número de Resolución | 125/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
Iltmos. Sres.-
PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo
MAGISTRADOS: Doña Emma Galcerán Solsona
Doña Carmen María Simón Rodríguez
SENTENCIA
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a veinte de febrero de dos mil siete.
VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Tres Las Palmas de Gran Canaria en los autos referenciados (Divorcio 1.486/2005) seguidos a instancia de DON Carlos Jesús, parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador don José Juan Marrero Alemán y asistida por el Letrado don Jorge Falcón Martínez, contra DOÑA Rosario, parte apelante, representada en esta alzada por el Procurador don Bernardo Rodríguez Cabrera y asistida por el Letrado don luis M. Hidalgo Santana, siendo ponente la Sra. Magistrada Doña Carmen María Simón Rodríguez, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia No. Tres Las Palmas de Gran Canaria, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: « Primero. - Que estimando parcialmente la demanda origen del presente procedimiento debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído por DON Carlos Jesús y D ª Rosario en San Nicolás de Tolentino el día 25 de junio de 1978, declarándose extinguida la pensión compensatoria de la esposa y manteniéndose la pensión alimenticia del hijo común Ángel David tal y como se pactó en el convenio regulador de separación.
No se imponen las costas a ninguna de las partes. »
La referida sentencia, de fecha 06/03/2006, se recurrió en apelación por la parte demandada, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 16/02/2007.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
El único motivo de impugnación de la sentencia apelada es el relativo a la supresión de la pensión compensatoria que ha venido percibiendo la demandada desde la separación. La resolución de instancia considera que concurre causa de extinción de dicha pensión ya que la apelante mantiene una convivencia more uxorio con un tercero y por haber accedido a un trabajo remunerado. La recurrente sostiene por el contrario, que no es cierto que conviva actualmente con...
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