SAP Almería 59/2007, 19 de Marzo de 2007
Ponente | GEMA MARIA SOLAR BELTRAN |
ECLI | ES:APAL:2007:2 |
Número de Recurso | 387/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 59/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
SENTENCIA nº 59/07
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. BENITO GALVEZ ACOSTA
MAGISTRADOS
D. RAFAEL GARCIA LARAÑA
Dª GEMA MARIA SOLAR BELTRAN
En la ciudad de Almería, a 19 de marzo de 2007.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 387/05 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería, seguidos con el nº 442/05 sobre Divorcio Contencioso.
De una como Apelado Dª. Trinidad y de otra como demandante D. Pedro Jesús, representado por la Procuradora Sra. Sánchez Reche y defendido por la letrada Sra. Bonilla Moreno.
En el procedimiento ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 14 de julio de 2005, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Abad Castillo en nombre y representación de Dª Trinidad contra D. Pedro Jesús, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Sánchez Reche, debo declarar y declaro el divorcio de los expresados con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, acordando el mantenimiento de las medidas acordadas en sentencia de separación dictada en el procedimiento seguido en este Juzgado bajo el nº 393/2000 con fecha 5 de marzo de 2.001 con la siguiente modificación: -la pensión de alimentos con la que el padre deberá contribuir en concepto de pensión de alimentos se fija en la suma de DOSCIENTOS EUROS (200 euros), mensuales, incluso durante el mes que el menor se encuentre en compañía de su padre, que serán abonados en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que designe la madre, debiendo actualizarse anualmente conforme a las variaciones del IPC. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.".
Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y por la parte apelada se formuló escrito de oposición al recurso de apelación. Una vez recibidas las actuaciones en esta Sala se incoó el correspondiente Rollo señalándose para votación y fallo el día 29 de enero de 2007.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña GEMA MARIA SOLAR BELTRAN.
Frente a la sentencia que declara el divorcio del matrimonio de los litigantes y establece las correspondientes medidas complementarias se alza la parte demandada pretendiendo se establezca la pensión de alimentos a favor del hijo menor en el modo y la cuantía, respectivamente, fijados en el suplico de su escrito de recurso, así como que se acuerde respecto del domicilio familiar donde vive el menor en compañía de la madre también en el modo expresado en su contestación a la demanda y en el recurso.
El Ministerio Fiscal, actuando en interés del menor, ha peticionado en el escrito de oposición a la apelación, la íntegra ratificación de todas las medidas impugnadas.
Respecto al motivo relativo al domicilio familiar donde vive el menor en compañía de la madre debe partirse de las siguientes premisas, actora y demandado pusieron fin a su convivencia matrimonial mediante Sentencia de separación dictada el 5 de Marzo de 2001, estableciendo, entre otros extremos, que la esposa continuaría junto con el hijo del matrimonio en el que fuese domicilio conyugal, sito en la CALLE000 núm. NUM000, NUM001 NUM002, de Almería, ello sin perjuicio de la titularidad conjunta de dicha vivienda por ambos padres y de que el préstamo hipotecario que la grava sea satisfecho al 50% por cada uno de ellos. En la actualidad el menor...
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