Distorsiones de la huelga: la negación de su función como derecho, la efectividad de su ejercicio

AutorAntonio Baylos Grau
Páginas27-40
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CAPÍTULO 2
DISTORSIONES DE LA HUELGA: LA NEGACIÓN DE SU FUNCIÓN
COMO DERECHO, LA EFECTIVIDAD DE SU EJERCICIO
Para el poder público y el poder económico, cada vez más estrecha-
mente fundidos en una relación asimétrica de directa subordinación,
la huelga se muestra como la ruptura de las reglas de juego, un suceso
contrario al orden de las cosas que debe ser limitado y restringido en
sus efectos, un acontecimiento político que interrumpe –pretendien-
do alterarla– la relación laboral que fundamenta la organización de
la producción de bienes y servicios y que por tanto se sitúa fuera y
proviene del exterior de la ordenación del sistema de trabajo dirigido y
controlado por el empresario. Aunque en el pensamiento jurídico han
predominado los intentos de interiorizar la huelga en el contrato y en
la organización del trabajo, con una clara finalidad restrictiva o limi-
tativa de su eficacia23, la posición más extendida actualmente es la que
se orienta por el discurso neoliberal y su clásica hostilidad frente al
conflicto social, reforzado en el caso español por la retórica franquista
que pervive en el discurso del poder. Estos argumentos se mantienen
en el plano de los límites externos a la huelga, que se presentan de
modo absoluto en dos grandes planos. El de la huelga política como
huelga no laboral y el de la continuidad del servicio –o de la produc-
ción– como exigencia democrática de funcionamiento del sistema de
libre empresa24.
23 En la doctrina española, el estudio que inaugura esta forma crítica de aproximarse
a las perspectivas “privatistas” del derecho de huelga y proponer un modelo amplio de
huelga-derecho, es el de MARTÍN VALVERDE, A., “Huelga laboral y huelga política. Un
estudio de modelos normativos”, en AA.VV., El derecho del trabajo ante el cambio social y
político. I Coloquio sobre Relaciones Laborales (Jaca, 1976), Anuario del Instituto Univer-
sitario de Relaciones Laborales, Universidad de Zaragoza, 1977, pp. 73-86. La huella de
esta primera aportación es evidente tanto en la cultura iuslaboralista como en la doctrina
constitucional.
24
Aunque los rasgos típicos del pensamiento neoliberal como pensamiento hostil al
conflicto social y laboral han sido puesto de manifiesto suficientes veces, en el caso
español es patente que la semántica violenta del franquismo sigue constituyendo el eje

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