Disposición derogada

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derogación de las Leyes Fundamentales
1. Queda derogada la Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política, así como, en tanto en cua nto no estuvieran ya derogadas
por la anteriormente mencionada Ley, la de Principios del Movimiento Nacional, de 17 de mayo de 1958; el Fuero de los Españoles,
de 17 de julio de 1945; el del Trabajo, de 9 de marzo de 1938; la Ley Constitutiva de las Cortes, de 17 de julio de 1942; la Ley de Su-
cesión en la Jefatura del Estado, de 26 de julio de 1947, todas ellas modificadas por la Ley Orgánica del Estado, de 10 de en
ero de
1967, y en los mismos términos esta última y la de Referéndum Nacional de 22 de octubre de 1945.
Derogación de las Leyes de 25 de octubre de 1839 y de 21 de julio de 1876
2. En tanto en cuanto pudiera conservar alguna vigencia, se considera definitivamente derogada la Ley de 25 de octubre de 183 9
en lo que pudiera afectar a las provincias de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya.
En los mismos términos se considera definitivamente derogada la Ley de 21 de julio de 1876.
3. Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución.

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