STSJ Canarias 130/2008, 22 de Febrero de 2008

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2008:1204
Número de Recurso35/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución130/2008
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de febrero de 2008.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife

formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua (Ponente) (Presidente), D./Dña. Antonio Doreste Armas y D./Dña. Eduardo Jesús Ramos Real, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000035/2008, interpuesto por Consejeria De Agricultura Ganaderia Pesca Y Alimentacion,

frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000321/2006 en reclamación

de DERECHOS-CANTIDAD, ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por Constanza, en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD siendo demandado Consejeria De Agricultura Ganaderia Pesca Y Alimentacion y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 28 de septiembre de 2007, por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- La demandante D.ª Constanza ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN DEL GOBIERNO DE CANARIAS, con una antigüedad desde el 15-05-96, ostentado la categoría profesional de Auxiliar de Laboratorio (Grupo V), y percibiendo un salario mensual prorrateado según Convenio Colectivo. SEGUNDO.- La relación laboral se inició mediante la suscripción de un contrato de trabajo por obra o servicio determinado, celebrado al amparo del RD 2546/94, prorrogado hasta que el 01-12-01 se formalizó acuerdo novatorio de contrato, novando la cláusula sexta del contrato y quedando temporalmente el puesto de trabajo hasta que se produjera su cobertura definitiva. TERCERO.- La actora reclama el reconocimiento de la categoría profesional de Analista de Laboratorio (Grupo Profesional III) y las diferencias salariales por trabajo de superior categoría. CUARTO.- Según el informe de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en la visita hecha por el Inspector el día 24-05-07 en las dependencias del Laboratorio de Sanidad Vegetal, sito en Valle de Guerra, La Laguna, el Inspector pudo comprobar de forma directa lo siguiente:

  1. La trabajadora desarrolla sus actividades en la Sección de Virología del Laboratorio de Sanidad Vegetal, donde se analizan muestras vegetales para determinar su posible infección.

  2. En el momento de la visita inspectora, la trabajadora estaba cumplimentando una matriz para identificar las distintas muestras vegetales objeto de análisis depositados en la placa.

  3. No se comprobó la presencia de analista de laboratorio en la sección.

    El informe de inspección contiene las declaraciones de D.ª Sandra, Técnico de Laboratorio que explicó lo siguiente:

  4. El Laboratorio de Sanidad Vegetal analiza los vegetales en busca de posibles infecciones, parásitos, etc. Dentro de él se distinguen dos secciones, la de Hongos y la de Virología. En la Sección de Hongos existe un Analista que realiza las funciones propias de su categoría. En la sección de Virología no hay analista.

  5. Al objeto de analizar los vegetales, actualmente el laboratorio aplica la técnica inmunoenzimática, conocida como "ELISA", que se compone de los siguientes cinco pasos (seis contando la preparación previa):

    1. Picado de las muestras vegetales objeto de análisis. El técnico determina los anticuerpos a utilizar, en función del virus que prevea diagnosticar.

    2. La placa se tapiza con un tampón y se deposita en la estufa.

    3. Se añade la muestra vegetal objeto de examen a la placa tapizada y se deposita en la nevera.

      Debe advertirse que cada placa contiene un número muy elevado de pocillos de muestra. Debe identificarse cada una de las muestras en una matriz efecto, para prevenir la confusión de las muestras.

    4. Se añade el anticuerpo, marcado con una enzima que después permitirá identificar la presencia del anticuerpo.

    5. Se añade el substrato de color, y a través de un espectrofotómetro se determina si el anticuerpo ha reaccionado a la presencia del patógeno previsto.

    6. Obtención de los resultados, para lo cual deben efectuarse los correspondientes cálculos aritméticos e interpretación de los resultados obtenidos del espectrofotómetro.

      Anteriormente la trabajadora aplicó otros métodos similares, como el de la inmunofluorescencia, que emplea fluorocromo, en situación de la enzima, para detectar la reacción del anticuerpo.

  6. Con excepción del paso previo de determinación del anticuerpo a aplicar, las restantes fases del procedimiento son desarrolladas en su totalidad por la trabajadora.

    Ello incluye actividades puramente mecánicas, como son la colocación de muestras en los pocillos de las placas, y cálculos, como la obtención de los resultados o toma de decisiones en las cantidades de anticuerpos a aplicar.

    De la documentación aportada por la Consejería en Inspector de Trabajo indica lo siguiente:

  7. Dña. Constanza inició su prestación de servicios para la Consejería de Agricultura el día 15.05.1996, bajo un contrato por obra o servicio determinado. La relación fue prorrogada en fecha 01.12.2001, y se mantiene vigente a la fecha.

  8. En respuesta a la reclamación previa a la vía judicial planteada por la trabajadora, el Jefe de Servicio de Sanidad Vegetal, D. Lucas, advierte lo que sigue:

    - La trabajadora fue contratada como auxiliar de laboratorio para el Laboratorio de Sanidad Vegetal, realizando inicialmente estas funciones en el diagnóstico de la bacteria "Ralstonia Solanacearum".

    - Con posterioridad siguió realizando estas funciones en distintas técnicas analíticas de diagnóstico, preparando la muestra vegetal para su posterior diagnóstico por los técnicos del laboratorio.

    - Además de preparar la muestra vegetal, bajo la supervisión del técnico, prepara los medios de cultivo y reactivos necesarios.

    - Los aparatos y equipos que se utilizan son los propios de un laboratorio de...

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