STSJ Comunidad de Madrid 529, 14 de Febrero de 2006

PonenteMARIA CONCEPCION MORALES VALLEZ
ECLIES:TSJM:2006:529
Número de Recurso73/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución529
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0000073/2006 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00172/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2006 0012977, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000073 /2006 Materia: OTROS DCHOS. LABORALES Recurrente/s: Javier Recurrido/s: SEDASMA SL JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 11 de MADRID de DEMANDA 0000404 /2005 DEMANDA 0000404 /2005 Sentencia número: 172/06-H Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ CONCEPCIÓN MORALES VALLEZ En MADRID a catorce de Febrero de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA en el RECURSO SUPLICACION 0000073 /2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. MARIA JESUS BARREÑADA MUÑOZ, en nombre y representación de Javier , contra la sentencia de fecha treinta de junio de dos mil cinco, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 011 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000404 /2005 , seguidos a instancia de Javier frente a SEDASMA SL, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. MONSERRAT FERNANDEZ SANCHEZ, en reclamación por DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. CONCEPCIÓN MORALES VALLEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

D. Javier reclama por despido al asegurar que prestó servicios para la empresa Sedasma S.L.

SEGUNDO

A principios de enero de 2005 fue a la oficina de la empresa demandada para pedir trabajo, haciéndolo posteriormente con frecuencia.

TERCERO

No ha quedado acreditado que prestara servicios por cuenta de la demandada, ni, por tanto, salario ni categoría.

CUARTO

El actor no ostenta la condición de legal representante de los trabajadores.

QUINTO

Se celebró el acto de conciliación con resultado de sin efecto.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimo la demanda interpuesta por Javier contra SEDASMA S.L. por inexistencia de relación laboral, absolviendo a la empresa demandada.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha nueve de enero de dos mil seis, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día catorce de febrero de dos mil seis para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Frente a la sentencia de...

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