STSJ Comunidad de Madrid 2871, 13 de Marzo de 2006

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2006:2871
Número de Recurso5698/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2871
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0005698/2005 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6 MADRID SENTENCIA: 00146/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6 MADRID C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27 Tfno. : 91.319.92.31 N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001 40126 ROLLO Nº: RSU 5698-05 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: DESPIDO Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 25 de MADRID Autos de Origen: DEMANDA 1114-04 RECURRENTE/S: AYUNTAMIENTO DE COSLADA RECURRIDO/S: DOÑA Diana Y DON Pedro Enrique SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID En MADRID, a trece de marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de

MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 5698-05 interpuesto por el Letrado DON RICARDO OTERO VENTÍN, en nombre y representación de AYUNTAMIENTO DE COSLADA, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 25 de los de MADRID, de fecha DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL CINCO , ha sido Ponente el Ilmo Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1114-04 del Juzgado de lo Social nº 25 de los de Madrid , se presentó demanda por DOÑA Diana Y DON Pedro Enrique contra AYUNTAMIENTO DE COSLADA, en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL CINCO , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por DOÑA Diana Y DON Pedro Enrique , debo declarar y declaro la conducta empresarial como despido y éste improcedente y condeno al AYUNTAMIENTO DE COSLADA a que a su elección, que ha de efectuar en el plazo de cinco días, readmita a los actores en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o les indemnice con la cantidad de trece mil seiscientos setenta y siete euros a cada una de las actoras y en todo caso a que le abone los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución y que al día de la fecha ascienden para cada una de las demandantes a diez mil ciento sesenta y cinco euros con sesenta céntimos. Opción que se realizará por escrito y/o comparecencia ante la Secretaria de este Juzgado, en el plazo máximo de cinco días y sin esperar a la firmeza de la sentencia.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"Primero.-Que los actores han venido trabajando por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada con las siguientes antigüedades, categorías y salarios:

-Da Diana : 9-11-200; Agente de Desarrollo Local; 77,60 euros diarios con prorrateo de pagas extras.

-D. Pedro Enrique : 9-11-200; Agente de Desarrollo Local; 77,60 euros diarios con prorrateo de pagas extras.

Segundo

Los actores, han suscrito con la parte demandada los siguientes contratos de trabajo:

  1. Doña Diana , contrato de trabajo de fecha 9 de Noviembre de 2000, para obra o servicio determinado, con la categoría de Agente de Desarrollo Local, con objeto de llevar a efecto la Orden de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid de fecha 17 de Agosto de 2000, por lo que se resolvía la solicitud de subvención para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, consistente, en la colaboración, implantación y promoción de políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial en el marco de la actuación conjunta acordado entre éste Ayuntamiento y el Servicio Público de Empleo. Extendiéndose el contrato hasta la finalización de dicha obra. Siendo aplicable a dicho contrato, el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Coslada y su patronato . Posteriormente, se prorrogó dicho contrato , del 9 de Noviembre de 2001 al 8 de Noviembre de 2002, y otras dos veces más, por periodos anuales , hasta el 8 de Noviembre de 2004, por concesión de nuevas subvenciones para dos Agentes de Empleo y Desarrollo Local y Resolución de 25 de octubre de 2001, de la Consejería de Empleo y Trabajo de la Comunidad de Madrid por la que se aprueba dicha subvención, con objeto de fomentar el desarrollo local e impulsar la creación de actividades empresariales.

y B) Pedro Enrique ; contrato de trabajo de fecha 9 de Noviembre de 2000, para obra o servicio determinado, con la categoría de Agente de Desarrollo Local, con objeto de llevar a efecto, la Orden de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid de fecha 17 de Agosto de 2000, por lo que se resolvía la solicitud de subvención para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, consistente, en la colaboración, implantación y promoción de políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial en el marco de la actuación conjunta acordado entre éste Ayuntamiento y el Servicio Público de Empleo. Extendiéndose el contrato hasta la finalización de dicha obra. Siendo aplicable a dicho contrato, el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Coslada y su patronato . Posteriormente, se prorrogó dicho contrato, del 9 de Noviembre de 2001 al 8 de Noviembre de 2002, y otras dos veces más, por periodos anuales, hasta el 8 de Noviembre de 2004, por concesión de nuevas subvenciones para dos Agentes de Empleo y Desarrollo Local y Resolución de 25 de Octubre de 2001, de la Consejería de Empleo y Trabajo de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueba dicha subvención, con objeto de fomentar el desarrollo local e impulsar la creación de actividades empresariales. Tercero.- Al demandado, se le concedieron por la Consejería de Economía y Empleo de la CM, las siguientes subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local: E1 17 de Agosto de 2000, dos Agentes, de importe 8998466 pesetas, con duración de un año El 25 de Octubre de 2001, prorrogando la anterior, en cuantía de 9 millones de ptas. El 5 de Noviembre de 2002, prorrogando la primera subvención, en cuantía de 54981,08 euros.

E1 6 de Noviembre de 2003, prorrogando la primera, en cuantía de 54091,04 euros. El 23 de Septiembre de 2009, como nueva subvención, para tres Agentes de Empleo y Desarrollo Local, por un periodo de 1 año y en cuantía de 81136,62 euros. Cuarto.- Los actores, con fecha 30 de Julio de 2004, formularon demandadas ante los Juzgados de lo Social, de reconocimiento de derecho a la contratación indefinida. Demandadas, que dieron lugar, respectivamente, a los autos, 740/2004, del Juzgado de lo Social numero 3, y 775/2004, del Juzgado de lo Social número 32 de Madrid. Quinto.- Doña Diana , durante su relación laboral realizó las siguientes funciones: .Desarrollo del Programa Emprendedores:

-Información, difusión y sensibilización para la promoción de iniciativas empresariales.

-Edición de un folleto, distribuido fundamentalmente desde e1 SIRED, ahora para la Concejalía de Desarrollo y empleo. -Publicación de artículos y notas de prensa en la publicación municipal COSLADA y en la prensa local. -Inclusión de la información del programa en la página Web del Ayuntamiento de Coslada. -Publicación de un artículo en el n° 3 de Julio de 2001 de la revista especializada "Desarrollo". -Organización de cursos de motivación al autoempleo. -Impartición de sesiones de motivación al autoempleo. Desarrollo del Programa de Desarrollo de la Economía social.-Negociación del convenio de colaboración con la Unión de Cooperativas Madrileñas de Trabajo asociado.-Puesta en marcha del Proyecto de Autoempleo Colectivo Cooperativo en el Barrio del Cerro.

-Organización de las jornadas de Sensibilización sobre Cooperativismo. -Puesta en marcha del proyecto autoempleo Colectivo cooperativo de servicios de proximidad. (Arcoorsiris).

Puesta en marcha de la Asesoría para la creación de Empresas. -Presta información, asesoramiento y autorización a proyectos empresariales. Acompañamiento a la puesta en marcha y seguimiento de los mismos. -presta información y ayuda a la gestión de subvenciones para empresas y emprendedores. Ayuda a la búsqueda de financiación.

-Establecimiento de colaboraciones técnicas con organismos públicos y privados que prestan servicios a emprendedores /as y empresarios/as. Estableciendo mecanismos de derivación en algunos casos. -Elaboración de materiales e instrumentos para la asesoría:

Guía para la Creación de empresas. Guía para la creación de Cooperativas de Trabajo asociado. Fichas (plan de empresa, formas jurídicas, trámites, fiscalidad de la empresa, franquicias...), que sirven de apoyo al asesoramiento. Carpetas de Ayudas y Subvenciones, donde se recogen todas aquellas subvenciones de la Consejería de Economía y Empleo, Dirección General de la Mujer, Instituto de la Mujer. Dotando al fondo de documental de libros, documentos y publicaciones especializadas sobre los distintos aspectos de la creación y gestión empresarial. -Elaboración, planificación, organización y gestión de las sucesivas ediciones del concurso de Ideas Empresariales de Coslada. Formación para emprendedores/as y empresarios/as -Desarrollo de programación de cursos para emprendedores y empresarios gestionadas por la concejalía en colaboración con otros Organismos. Preparación de...

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