STSJ Comunidad de Madrid 1586, 14 de Marzo de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN
ECLIES:TSJM:2006:1586
Número de Recurso513/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1586
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0000513/2006 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00143/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2006 0013419, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 513/2006 Materia: DESEMPLEO Recurrente/s: Federico Recurrido/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de MADRID de DEMANDA 424/2005 C.A.

Sentencia número: 143/2006 Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN JOSÉ LUIS GILOLMO LÓPEZ MARIA LUZ GARCIA PAREDES En MADRID, a catorce de Marzo de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la

Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA en el RECURSO SUPLICACION 513/2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª

Miguel Sagüés Navarro, en nombre y representación de Federico , contra la sentencia de fecha 6 de octubre de 2005, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº 6 de MADRID, en sus autos número 424/2005 , seguidos a instancia del recurrente frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, parte demandada representada por el Abogado del Estado, en reclamación por desempleo, ha sido Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- E1 demandante, D. Federico , mayor de edad, con DNI n° NUM000 , como consecuencia de ERE1999/2000 de TELEFONICA DE ESPAÑA SAU, pasó a situación de DESVINCULADO de la Compañía en Noviembre de 2000, habiendo pasado a la situación de desempleo con derecho a las prestaciones básicas por tal contingencia.-Una vez agotadas dichas prestaciones, le fue reconocido subsidio por desempleo.- SEGUNDO.- Con fecha 23/12/04 el INEM notificó al actor la suspensión del subsidio que le venía abonando , con efectos de O1/02/04, por haber percibido rentas que en cómputo anual superaban el 75% del SMI, dejando de tener el requisito establecido para ser beneficiario de dicho subsidio.- Se le advertía no obstante, que, podría reanudarse el subsidio, previa solicitud, si en el plazo de doce meses acreditaba que volvía a cumplir el mencionado requisito.- TERCERO.- Mediante escrito fechado el 28/12/04 el actor realizó alegaciones (Doc 3 de su ramo de prueba).- CUARTO.- E1 31/O1/OS se dictó Resolución por el INEM acordando suspender el derecho al subsidio del actor.- Contra dicha Resolución se interpuso Reclamación previa por el demandante el 21/02/O5, habiendo sido desestimada expresamente el 04/03/O5, en base a haber percibido el demandante una indemnización por incapacidad permanente parcial por importe íntegro de 13.587,68 euros (estando sujeta a retención), que en cómputo mensual superaba el 75 por ciento del SMI.- QUINTO.- E1 26/02/04 el actor percibió de la entidad "Seguros de vida y Pensiones ANTARES, SA" una indemnización liquida de 12.364,79 euros correspondiente al 12% del Capital asegurado por Telefónica de España, SA, en concepto de indemnización por la incapacidad Parcial Permanente derivada de las secuelas padecidas como consecuencia de accidente sufrido el día 10/04/03.- El importe recibido...

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