ORDEN ECF/269/2010, de 15 de abril, por la que se convocan becas de colaboración (periodo 2010-2012) para desarrollar estudios relacionados con los diferentes campos de actuación del Departamento de Economía y Finanzas y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades departamentales.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/269/2010, de 15 de abril, por la que se convocan becas de colaboración (periodo 2010-2012) para desarrollar estudios relacionados con los diferentes campos de actuación del Departamento de Economía y Finanzas y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades departamentales.

El Departamento de Economía y Finanzas es consciente de la necesidad de favorecer la formación práctica de las personas que estudian en las universidades, que acaban de obtener la licenciatura o que cursan o han cursado másteres o programas de doctorado. Es por este motivo, y con el objetivo de facilitarles la incorporación al mercado de trabajo como profesionales con cualificación, que el año 2005 se creó un programa por el que se otorgaban becas de colaboración para desarrollar estudios relacionados con los campos de actuación del Departamento de Economía y Finanzas.

Es en este sentido que, nuevamente, el Departamento de Economía y Finanzas quiere ofrecer a este colectivo la experiencia práctica en el seno de la Administración como complemento a la formación académica y como experiencia enriquecedora para un futuro ejercicio profesional. Así, se otorgan seis becas de colaboración destinadas a personas que están cursando estudios de las titulaciones de economía, de administración y dirección de empresas o de ciencias actuariales y financieras, o que acaban de obtener la licenciatura, o que una vez obtenida están cursando o han cursado un máster o un programa de doctorado.

Por todo eso, y de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y visto el Acuerdo de Gobierno de fecha 30 de marzo de 2010, por el que se autoriza el gasto plurianual hasta el año 2012, con un importe máximo de 221.760,00 euros, para el pago de estas becas,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir una convocatoria pública para adjudicar seis becas de colaboración para desarrollar estudios relacionados con los diferentes campos de actuación del Departamento de Economía y Finanzas y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades departamentales.

Artículo 2

Aprobar las bases que tienen que regir esta convocatoria, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

El gasto derivado de la entrega de las becas, por un importe máximo de 221.760,00 euros para el periodo 2010-2012, se distribuye en las anualidades siguientes: el año 2010, un importe máximo de 20.160,00 euros con cargo en la partida EC0201 D/480000100/6610 del presupuesto 2010; el año 2011, un máximo de 110.880,00 euros con cargo en la partida correspondiente del presupuesto 2011; y el año 2012, un máximo de 90.720,00 euros con cargo en la partida correspondiente del presupuesto 2012.

El crédito para atender las obligaciones económicas objeto de esta convocatoria resulta del Acuerdo de Gobierno de fecha 30 de marzo de 2010.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer de forma potestativa un recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para defender sus intereses.

Barcelona, 15 de abril de 2010

Antoni Castells

Consejero de Economía y Finanzas

Anexo

Bases

—1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es conceder seis becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes campos de actuación del Departamento de Economía y Finanzas, tanto en el ámbito económico –cuestiones relacionadas con la macroeconomía, la empresa, la defensa de la competencia–, como en el ámbito de la hacienda pública –en especial en temas presupuestarios o de financiación–, como en los ámbitos de la energía o el consumo, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo al conjunto de actividades departamentales.

—2 Finalidad

Las becas de colaboración tienen como finalidad mejorar la formación teórico-práctica y la preparación profesional de las personas seleccionadas, mediante el desarrollo de estudios relacionados con los diferentes campos de actuación del Departamento de Economía y Finanzas y la realización de tareas de asistencia y apoyo a las actividades que se llevan a cabo, bajo la tutoría de la persona del Departamento que se designe a este efecto.

—3 Personas destinatarias

3.1 Pueden solicitar estas becas de colaboración las personas que sean menores de treinta años cuando se cierre el plazo de presentación de solicitudes, y que estén cursando o que hayan finalizado las licenciaturas de economía, de administración y dirección de empresas o de ciencias actuariales y financieras, de acuerdo con las condiciones siguientes:

  1. Estudiantes de licenciatura.

    En el caso de estudiantes de licenciatura, tienen que haber superado, cuando se cierre el plazo de presentación de solicitudes, el 85% de los créditos de las titulaciones mencionadas, lo que deben acreditar mediante el certificado del expediente académico o una copia del expediente académico validada por la universidad correspondiente.

  2. Licenciados y licenciadas recientes, estudiantes de máster universitario oficial y doctorandos y doctorandas sin diploma de...

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