ORDEN IRP/36/2010, de 25 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de cinco becas para la realización de prácticas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para las unidades orgánicas de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación y se abre convocatoria para el año 2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/36/2010, de 25 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de cinco becas para la realización de prácticas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para las unidades orgánicas de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación y se abre convocatoria para el año 2010.

Mediante el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, se cambió la denominación del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación, que pasó a denominarse Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y agrupó las funciones de los anteriores departamentos de Interior y de Relaciones Institucionales y Participación.

En el artículo 3.3 de dicho Decreto se determina el ámbito de competencias de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación, que incluye las funciones relacionadas con la coordinación de las relaciones con el Parlamento de Cataluña, las relaciones institucionales y el impulso del desarrollo estatutario, la promoción de la participación social y la recuperación de la memoria histórica, el fomento de la paz y los derechos humanos.

El Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación quiere potenciar y facilitar la colaboración de jóvenes estudiantes y licenciados universitarios a fin de que la experiencia que consigan enriquezca su formación académica a la vez que adquieren una experiencia práctica del funcionamiento de la Administración y los prepare para su ejercicio profesional, mediante la realización de prácticas de colaboración en varias tareas propias del Departamento en las diferentes unidades orgánicas que lo integran.

Por todo ello, de acuerdo con lo previsto en el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo dispuesto en la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con los informes previos del Área de Asesoramiento Jurídico en el Ámbito de Relaciones Institucionales y Participación y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras que figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Abrir la convocatoria para adjudicar hasta 5 becas para la realización de prácticas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación del fondo fotográfico y documental y elaboración de estudios e informes para las unidades orgánicas de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación, dirigida a estudiantes de las universidades de Cataluña que estén cursando o hayan finalizado, en los últimos 24 meses, los estudios de ciencias políticas y de la administración, sociología, protocolo y relaciones institucionales, periodismo, derecho o archivística y gestión de documentos, o bien que hayan completado cualquiera de estas titulaciones y se encuentren cursando o hayan completado, en los últimos 24 meses, estudios de máster o posgrado en cualquiera de las universidades de Cataluña.

Artículo 3

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el DOGC.

Artículo 4

La concesión de estas becas se imputa con cargo en la partida IT0501D/480000100/1310 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2010, con un importe máximo de 30.000 euros, que queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 25 de enero...

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