SAP Huesca 119/2005, 29 de Abril de 2005

JurisdicciónEspaña
Número de resolución119/2005
EmisorAudiencia Provincial de Huesca, seccion 1 (civil y penal)
Fecha29 Abril 2005

Sentencia Apelación Civil Número 119

PRESIDENTE *

D. SANTIAGO SERENA PUIG

MAGISTRADOS *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

D. JOSE TOMAS GARCIA CASTILLO

En Huesca, a veintinueve de abril del año dos mil cinco.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal seguidos bajo el número 188/04 ante el Juzgado de Primera Instancia de Fraga , que fueron promovidos por Camila , Rocío , Estela , Victor Manuel , Gustavo , Gustavo y Jose Pedro , quienes actuaron como demandantes dirigidos por el Letrado don Juan Companys Agustin y que están representados en esta alzada por la Procuradora doña María Angel Pisa Torner, contra Benedicto , quien intervino como demandado defendido por el Letrado don Ricardo Mateo Franco y que está representado en esta alzada por la Procuradora doña Maria Teresa Bovio Lacambra, y contra Mariano . Se hallan dichos autos pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 360 del año 2004 e interpuesto por los demandantes Camila , Rocío , Estela , Victor Manuel , Gustavo , Gustavo y Jose Pedro . Es Ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE TOMAS GARCIA CASTILLO , quien expresa el parecer de la Sala sobre el pronunciamiento que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la Sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó con fecha uno de septiembre de dos mil cuatro la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = Que desestimando la demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad interpuesta por Camila , Rocío , Estela , Victor Manuel , Gustavo y Jose Pedro contra Benedicto y Mariano , debo absolver a la parte demandada de todos los pedimentos contraella formulados, con imposición de costas a los demandantes".

TERCERO

Contra la anterior Sentencia, los demandantes Camila , Rocío , Estela , Victor Manuel , Gustavo , Gustavo y Jose Pedro dedujeron recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a los apelantes para que lo interpusiera, lo cual efectuaron en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitaron la íntegra estimación de la demanda. A continuación, el Juzgado dio traslado a las demás partes personadas para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable, en cuyo trámite el demandado Benedicto formuló en tiempo y forma escrito de oposición para solicitar la desestimación del recurso y la confirmación de la Sentencia.

CUARTO

Seguidamente, el Juzgado emplazó a las partes y remitió los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 360/2004. Personadas las partes ante esta Audiencia y no habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó en su día que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, lo que ha tenido lugar en el día de hoy. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales debido a la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitan los demandantes una acción de desahucio por precario conforme al art. 250.1.2º de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil . Es conveniente señalar en primer lugar que, como dijimos en nuestras Sentencias de 17 de septiembre de 2004 y de 10 de enero de 2005 , en las que se citaban las Sentencias de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 24 de julio de 2002, de la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Segunda) de 15 de octubre de 2003 y de la Audiencia Provincial de Badajoz de 18 de febrero de 2004 , el desahucio por precario ya no se contempla como un juicio sumario en la nueva Ley Procesal, cuya...

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