SAP Santa Cruz de Tenerife 126/2006, 10 de Marzo de 2006

JurisdicciónEspaña
Número de resolución126/2006
Fecha10 Marzo 2006

SENTENCIA NÚM. 126/2006

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio González González Magistrados:

Dª. Macarena González Delgado (Ponente) Dª. Carmen Padilla Márquez

En Santa Cruz de Tenerife, a diez de marzo de dos mil seis.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Granadilla, en autos de Juicio Verbal nº 409/2005 , seguidos a instancias de la Procuradora Dª. Francisca Adán Díaz bajo la dirección de los Letrados D. Manuel Santana Arozena, Dª. Gloria Santana Vidal y Dª- Julia Navas Lahti en nombre y representación de Dª. Marí Jose , contra D. Jesús , representado por el Procurador D. Francisco González Pérez, bajo la dirección del Letrado D. José Lázaro Peraza Rodríguez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Macarena González Delgado, Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha diecisiete de octubre de dos mil cinco , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Francisca Adán Díaz, en nombre y representación de Doña Marí Jose , absuelvo a Don Jesús de la pretensión contra él formulada, levantando la suspensión cautelar acordada por auto de fecha 2 de agosto de 2005 . Condeno a la parte actora al pago de las costas.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Macarena González Delgado; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Dulce María Cabeza Delgado, bajo la dirección de la Letrado Dª. Gloria Santana Vidal, la parte apelada se personó por medio de la Procuradora Dª. Beatriz Ripollés Molowny, bajo la dirección del Letrado D. José Lázaro Peraza Rodríguez; señalándose para votación y fallo el día seis de marzo del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que desestima la demanda se interpone recurso de apelación por la parte actora alegando tanto error en la valoración de la prueba como de la aplicación de las normas legales, oponiéndose a dicho recurso la parte demandada, sin efectuar expresa impugnación de la sentencia pese a las manifestaciones que lleva a cabo en su escrito.

La resolución del presente recurso exige que se efectúen una serie de precisiones en orden a la naturaleza del procedimiento civil instado, para lo cual debe partirse de lo dispuesto en el art. 218 de la LEC que determina que el tribunal, sin apartarse de la causa de pedir acudiendo a fundamentos de hecho o de derecho distintos de los que las partes hayan querido hacer valer, resolverá conforme a las normas aplicables al caso, aunque no hayan sido acertadamente citadas o alegadas por los litigantes. De esta manera, la LEC consagra el principio dispositivo que rige el procedimiento civil, por lo que en la resolución...

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