SAP Pontevedra, 13 de Septiembre de 2002

PonenteANGEL LUIS SOBRINO BLANCO
ECLIES:APPO:2002:2846
Número de Recurso261/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª

En la Ciudad de Pontevedra, a trece de septiembre de dos mil dos.

Vistos por el Tribunal de la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra, integrado por su Presidente D. Hipólito H. C., y, por los Magistrados D. Antonio Berengua Mosquera y D. Angel-Luis S. B., en segunda instancia, los autos de Juicio Verbal seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de Pontevedra con el número 177/2001 (Rollo de Apelación Civil número 261/2001), que versan sobre indemnización de daños y perjuicios derivados de la circulación de vehículos a motor; en los que son parte, como apelante y demandada: La entidad mercantil «The Hartford Internacional Financial Services Group, Cía. de Seguros y Reaseguros, SA», defendida por la Letrada doña Concepción M. M., y representada por el Procurador don Pedro Antonio L. L.; como apelado y demandante: don Javier V. R., defendido por la Letrada doña Eugenia V. P., y representado por la Procuradora dona María del Amor A. G.; y como apelados y demandados: La entidad aseguradora «Mercurio», defendida por el Letrado don Carlos B., y representada por la Procuradora doña María José G. C., y don Juan C. J., don Javier M., y don Jorge S. V.; y siendo Ponente el Magistrado D. Angel Luis S. B., por quien se expresa el parecer de la Sala, previa la preceptiva y oportuna deliberación y votación, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo:

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia de primera instancia y,

PRIMERO El Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de Pontevedra dicta sentencia de fecha diecinueve de julio de dos mil uno en los autos de Juicio Verbal seguidos ante dicho Juzgado con el número 177/2001, cuyo fallo contiene, literalmente, los siguientes pronunciamientos:

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora señora A. G., en nombre y representación de don Javier V. R., contra la aseguradora The Harford y don Jorge S. V., debo declarar y declaro haber lugar a la misma y en consecuencia condenar solidariamente a los citados demandados a abonar al demandante la cantidad de 294.578 ptas., más el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución a cargo de don Jorge S. V. Se desestima la demanda frente al resto de los demandados. Procede imponer las costas de los demandados aseguradora The Harford y don Jorge S. V., salvo las causadas por la traída al pleito de don Juan C. J., don Javier M., y la aseguradora Mercurio que se imponen a: La parte demandante

.

SEGUNDO La entidad mercantil «The Hartford, SA», interpone, en tiempo y forma legal, recurso de apelación frente a la reseñada sentencia, a medio de escrito en el que, con fundamento en las alegaciones que deja consignadas, solicita a la Sala dicte sentencia por la que estimando el recurso, revoque la sentencia dictada en primera instancia en el sentido de reducir la cuantía indemnizatoria solicitada a 150.000 pesetas o, subsidiariamente, aplique factor de corrección por valor de utilidad no superior al 25% del valor tasado, todo ello, con expresa condena en costas a quien se opusiera.

TERCERO Don Javier V. R., formula oposición al recurso de apelación deducido de adverso, a medio de escrito en el que, con fundamento en las alegaciones que, igualmente, deja consignadas, solicita a la Sala se desestime el recurso de apelación, confirmando la sentencia apelada, con expresa imposición de costas a la parte apelante.

CUARTO Don Juan C. J., don Javier M., don Jorge S. V., y la entidad aseguradora «Mercurio, SA» no han formulado oposición ni alegación alguna dentro del término conferido al efecto.

QUINTO Elevadas las actuaciones a esta Sala se señala el día diez de los corrientes, para la deliberación, votación y fallo del meritado recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de igual orden de la Sentencia apelada, y

PRIMERO El objeto del litigio al que el presente Rollo de Apelación se contrae quedó circunscrito a la determinación de la cuantía indemnizatoria que corresponde percibir al actor por los desperfectos ocasionados al vehículo de su propiedad. Cuestión que constituye,...

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