SAP Lugo 78/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteJOSE MANUEL VARELA PRADA
ECLIES:APLU:2006:524
Número de Recurso64/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución78/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

LUGO

ROLLO Nº 64/06

Órgano de Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE LUGO

Procedimiento de origen: PROCEDT. ABREVIADO Nº 175/04

SENTENCIA NÚMERO 78

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. EDGAR AMANDO FERNÁNDEZ CLOOS, PRESIDENTE:

DÑA. Mª LUISA SANDAR PICADO

D. JOSÉ MANUEL VARELA PRADA

Lugo, a seis de junio de dos mil seis.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala N.º

64/06, dimanante de los autos de Procedimiento Abreviado N.º 65/03, tramitados por el Juzgado de

Instrucción nº 1 de Chantada y fallados por el Juzgado de lo Penal N.º 1 de Lugo en el Rollo N.º

175/704, por el delito de UNA FALTA DE MALTRATO, UNA FALTA DE LESIONES Y UN DELITO

DE LESIONES; siendo apelante Dª Celestina, representada por la Procuradora Dª Mª

José Pelaez García y defendido por el letrado D. Antonio Vázquez Portomeñe y D. Ángel Jesús, representado por el Procurador D. Antonio Lorenzana Teijeiro y defendido

por el Letrado y defendido por el Letrado Sr. Vázquez Portomeñe y apelados D. Luis Pablo y D. Valentín, representados por la procuradora Doña Fe Eire Vázquez y

defendidos por el letrado D. José López Fernández, y el Ministerio Fiscal; actuando como ponente

el magistrado, Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL VARELA PRADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha nueve de marzo de dos mil seis, el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno a la acusada Celestina como autora criminalmente responsable de un delito de lesiones del art. 148.1º del Código Penal sobre Luis Pablo a las penas de prisión de dos años y de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Que debo condenar y condeno al acusado Luis Pablo como autor de dos faltas de lesiones del artº 617.1º del mismo texto legal, una sobre la persona de Ángel Jesús y otra sobre la persona de Celestina, a pena de multa de 2 meses con cuota diaria de 6 € y con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, por cada una de dichas faltas.

Que debo condenar y condeno al acusado Valentín como autor de dos faltas de lesiones del art. 617.1º del Código Penal, una sobre Ángel Jesús y la otra sobre la persona de Celestina, a pena de multa de 2 meses con cuota diaria de 6 € y con igual responsabilidad personal subsidiaria.

Que debo condenar y condeno al acusado Ángel Jesús como autor de una falta de maltrato del art. 617.1º del Código Penal sobre Valentín a pena de multa de 1 mes con igual cuota de 6 € y responsabilidad subsidiaria.

Que debo absolver y absuelvo al acusado Ángel Jesús por las faltas de maltrato sobre Luis Pablo y de lesiones sobre Soledad que se le imputaron y al acusado Luis Pablo por las faltas de injurias y amenazas por las que también lo fue.

Igualmente, Celestina indemnizará a Luis Pablo en la cantidad de 4.500 € y Luis Pablo y Valentín indemnizarán, solidariamente, a Ángel Jesús en la cantidad de 905 € y a Celestina en la de 300 €, con los intereses del art. 576 de la L.E.C.

Todo ello con imposición de costas a los condenados con aplicación de los límites previstos para los juicios...

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