SAP Murcia 201/2006, 7 de Septiembre de 2006
Ponente | CARLOS MORENO MILLAN |
ECLI | ES:APMU:2006:1864 |
Número de Recurso | 242/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 201/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 201
En la ciudad de Murcia, a siete de Septiembre de dos mil seis.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 107/05 que en primera instancia se ha seguido en el Juzgado Civil nº 2 de Molina de Segura entre las partes, como actora y ahora apelante D. Luis Miguel y Dña Rosa , representados por la Procuradora Sra. Núñez Herrero y defendidos por el Letrado Sr. Matencio Hilla, y como demandado y ahora apelado D. Braulio , representado por la Procuradora Sra. Vaquero Gómez y defendido por el Letrado Sr. Fernández Soria. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha 28 de Febrero de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Abellán Matas en nombre y representación de
D. Luis Miguel y Dª. Rosa , debo absolver y absuelvo a D. Braulio y todo ello expresa condena en costas a la parte demandante.
Que estimando la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador Sr. Cantero Meseguer en nombre y representación de D. Braulio , debo condenar y condeno a D. Luis Miguel y Dª Rosa a que consideren ajustado a derecho la resolución contractual efectuada por D. Braulio , y el derecho a hacerpropia definitivamente, en concepto de penalización por incumplimiento, la cantidad de 3.000 € que los actores le entregaron y todo ello con expresa condena en costas a la actora-reconvenida".
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la parte actora-principal basado en error en la valoración de la prueba y subsidiariamente disconformidad con el pronunciamiento sobre costas.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 242/06 de Rollo. En proveído del día 31 de Julio de 2006 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día 7 de Septiembre de 2006.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Frente al contenido de la sentencia de instancia que desestima, por un lado, la acción de cumplimiento contractual ejercitada por los actores Sr. Luis Miguel y Sra. Rosa , contra el demandado Don Braulio y que estima a su vez la acción reconvencional planteada tendente a la resolución contractual de referencia por incumplimiento de los compradores, la citada parte actora principal, disconforme con dicho pronunciamiento judicial, comparece en esta alzada interesando la revocación de la citada sentencia y el dictado de otra que acepte y acoja la pretensión de cumplimiento contractual objeto de la demanda, por entender que la Juzgadora de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba. Subsidiariamente solicita la revocación del pronunciamiento sobre costas.
Concretadas en los indicados términos las cuestiones impugnatorias suscitadas en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de todo lo actuado en los presentes autos, que no asiste razón a la parte recurrente en la pretensión principal que solicita, por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la total e íntegra confirmación de la sentencia apelada en dicho extremo.
En este sentido y en aras a la solución de la cuestión controvertida en esta alzada, conviene tener en cuenta,...
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