SAP Barcelona 158/2006, 7 de Marzo de 2006

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2006:2362
Número de Recurso922/2005
Número de Resolución158/2006
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

JOSE MARIA BACHS ESTANY MARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN ONCE

ROLLO Nº 922/2005

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 527/2004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 9 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 158

Ilmos. Sres.

  1. JOSEP Mª BACHS ESTANY

    Dª CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

  2. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

    En la ciudad de Barcelona, a siete de marzo de dos mil seis.

    VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Once de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Procedimiento Ordinario nº 527/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Barcelona , a instancia de Dª Gema , contra DERIVADOS NATURALES S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Junio de 2005, por el Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. JAUME ROMEU SORIANO de Dña. Gema contra DERIVADOS NATURALES S.A. con imposición de las costas a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante su escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día DOS DE MARZO ACTUAL.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por la presente litis Dña. Gema , en su condición de compradora del piso sito en la C/. DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 - NUM001 de Barcelona, interesa frente a su vendedora "DERIVADOS NATURALES S.A." 1º) la resolución del contrato de compraventa, de fecha 21 de diciembre de 1999 y la devolución de las cantidades entregadas más el interés legal desde el momento de la compraventa; 2º) que se condene a la demandada a hacerse cargo nuevamente a la hipoteca existente sobre la finca objeto de este litigio. Por la resolución de primer grado se desestima la demanda. Frente a semejante pronunciamiento se alza la actora.

TERCERO

El "thema decidendi" se centra sobre la problemática del "aliud pro alio", bien entendido que la acción por defectos ocultos ha caducado a) al haber transcurrido el tiempo de 6 meses marcado por la ley para el ejercicio de la presente acción, y b) que por otra parte tampoco se trata de una acción dirigida contra los intervinientes de la construcción, ni siquiera contra el promotor, puesto que la finca a parte de que es antigua, fue adquirida el 30.3.99 por la demandada, que no es interviniente. En cualquier caso, los argumentos vertidos mediante el escrito del recurso no desvirtuan los claros y acertados fundamentos de la resolución de primer grado, procediendo abundar y precisar:

  1. en el propio escrito inicial de las presentes actuaciones se reconoce en lo menester que la actora "conocía el estado de la vivienda al adquirirla, sabiendo que no se trataba de unos acabados impecables sino mas bien lo contrario,...

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