SAP Valencia 354/2006, 23 de Junio de 2006
Ponente | ENRIQUE EMILIO VIVES REUS |
ECLI | ES:APV:2006:1748 |
Número de Recurso | 213/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 354/2006 |
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
.../...
S E N T E N C I A Nº 3 5 4
===========================
Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. EUGENIO SANCHEZ ALCARAZ
Magistrados/as
D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS
Dª OLGA CASAS HERRAIZ
===========================
En VALENCIA, a veintitres de Junio de dos mil seis.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS, los autos de Juicio Ordinario promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Onteniente con el nº 113/04 por la mercantil "Nova Tapicería S.L" contra la sociedad "Teixits Rofer S.L", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por la mercantil "Nova Tapicería S.L".
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 2 de Onteniente en fecha 15 de Noviembre de 2.005, contiene el siguiente: "FALLO: Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora Sra Sanjuán en nombre y representación de la mercantil Nova Tapicería S.L y absuelvo a la mercantil demandada Teixits Rofer S.L de los pedimentos formulados en su contra."
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la mercantil "Nova Tapicería S.L", admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde oportunamente se tramitó la alzada, señalándose para su Deliberación y Votación el día 25 de Mayo de 2.006.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Por la mercantil "Nova Tapicería, S.L." se formuló demanda de juicio ordinario contra la sociedad "Teixits Rofer, S.L.", solicitando en el suplico se declare la resolución de la compraventa de las mercancías reseñadas en las facturas expedidas por la demandada números 48, 51 y 54, condenando a la demandada a pagar la cantidad de 8.489,80 euros en concepto de reintegro de las cantidades abonadas por las mercancías. Alega la demandante, como base de su pretensión o causa de pedir, que es una entidad dedicada a la comercialización y distribución de productos textiles, encargando a la mercantil demandada la fabricación de piezas textiles para tapicería, con entrega de unas muestras para su ejecución. Con la entrega de las primeras piezas se vio que la tela no mantenía el color que en la muestra figuraba y así se le hizo saber por medio del acabador, que a la recepción de las mercancías protestó la calidad de las piezas porque la calidad era tan deficiente que no se podía manipular correctamente, ni destinarse a su uso. Por tanto, la demandada ha fabricado otra cosa totalmente distinta y de una calidad que la hace inhábil para su destino. Dichas piezas, sin embargo fueron abonadas a su fecha de vencimiento, reclamando la demandante en el presente litigio el importe abonado.
La mercantil demandada se opuso a la pretensión de la actora, negando que la mercancía entregada a la demandante adoleciera de defecto alguno, por lo que solicitó...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba