SAP Madrid 298/2006, 2 de Junio de 2006

PonenteNICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ
ECLIES:APM:2006:8433
Número de Recurso262/2006
Número de Resolución298/2006
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ EPIFANIO LEGIDO LOPEZ MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00298/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7017305 /2006

ROLLO: RECURSO DE APELACION 262 /2006

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1202 /2004

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 58 de MADRID

Apelante/s: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA

Procurador: IGNACIO RODRIGUEZ DIAZ

Apelado/s: PLUS ULTRA COMPAÑIA ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS

Procurador: MARIA IRENE ARNES BUENO

SENTENCIA Nº 298

Ponente: Ilmo. Sr. D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En Madrid a dos de Junio del año dos mil seis.

La Sección Décimo-Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Srs. Magistrados al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 58 de los de Madrid bajo el núm. 1202/2004 y en esta alzada con el núm. 262/2006 de rollo, en el que han sido partes, como apelante, la entidad Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija, representada por el Procurador Don Ignacio Rodríguez Diez y dirigida por el Letrado Don Álvaro Calvo Barranco, y, como apelada, la entidad Plus Ultra Cía. Anónima de Seguros y Reaseguros, representada por la Procuradora Doña Irene Arnés Bueno y dirigida por el Letrado Don José Pujol Maderuelo.

Se aceptan y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto se relacionan con la presente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos más arriba indicados, con fecha 29 de Noviembre de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente el escrito inicial de demanda presentado por el Procurador de los Tribunales Sr. Ignacio Rodríguez Diez, en nombre y representación de Mutua Madrileña Automovilística debo absolver y absuelvo a Plus Ultra, de cuantas acciones se hubieren formulado en su contra, con imposición de costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia por la representación procesal de la entidad Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija, se preparó e interpuso recurso de apelación, que fundamenta en error en la apreciación de los hechos y de la prueba practicada, para en base a la valoración de ésta extraer que el vehículo asegurado por la demandada fue el causante del siniestro en cuya base se reclama, al cambiar bruscamente del carril por el que circulaba al central por el que lo hacía el vehículo Volkswagen Golf, M-0358-JK, el cual como consecuencia de la maniobra de aquél, camión, y para evitar la colisión con el mismo, se vio obligado a pasar al carril izquierdo por el que circulaba el vehículo asegurado por la demandante, Citroen M-8128-OY, contra el que acabó colisionando, habiendo la demandante abonado a la titular del vehículo por ella asegurado la cantidad que reclama, señalando que la sola declaración de un testigo que indicó que el camión no invadió el carril contrario sino que sólo "amagó", debería bastar para estimar la responsabilidad en el conductor de dicho camión, pues el simple amago forzó la maniobra del M-0385-JK en maniobra de evasión, haciendo, además valoración de la declaración prestada ante la Guardia Civil de la conductora de este último vehículo, la que no pudo ser citada a juicio por desconocerse su domicilio, constando los datos del referido camión y croquis del siniestro, estimando desde todo lo precedente la...

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