SAP Valencia 250/06, 26 de Abril de 2006

ECLIES:APV:2006:1392
Número de Recurso169/06
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución250/06
Fecha de Resolución26 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

Rollo nº : 169/06

Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 250/06

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, 26 de abril de 2006.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de separación nº 4/04, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Picassent, entre partes, de una como demandante-apelada, Dña. Celestina , dirigida por el Letrado D. Enrique J.Albert Giner, y representada por el Procurador D. Francisco Verdet Climent, y de otra como demandado-apelante, D. Carlos Miguel , dirigido por el letrado D. Juan Carlos Torres Tarín y representado por el Procurador D. Raúl Martínez Giménez. Habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Esparza Olcina.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de 1ª Instancia nº 1 de Picassent, en fecha 27.07.05, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda de separación instada por el Procurador de los Tribunales Sr. Verdet Climent, en nombre y representación de Dña. Celestina , contra D. Carlos Miguel , representado por el Procurador Sr. Martínez Giménez, Declaro:

  1. - La separación a efectos civiles del matrimonio formado por D. Carlos Miguel y Dña. Celestina .

  2. - Que se atribuye a Dña. Celestina la guarda y custodia del hijo menor Casimiro , en régimen de patria potestad compartida.

  3. - Que se atribuye el uso y disfrute de la vivienda familiar sita en Picassent, CALLE000 nº NUM000 - NUM001 a Dña. Celestina y a su hijo Casimiro .

  4. - Que se establezca el siguiente régimen de visitas a cargo de D. Carlos Miguel a favor de su hijo Casimiro : fines de semana alternos, desde las 20 horas del viernes hasta las 20 horas del domingo. La mitad de las vacaciones de verano, semana santa-pascua, fallas y navidad-reyes, eligiendo los períodos de mutuo acuerdo y, en caso de desacuerdo, la madre elegirá los años pares y el padre los años impares. En todo caso, el lugar de recogida y entrega del menor será el domicilio de la esposa.

  5. - Que se fija como pensión alimenticia pagadera por el padre a favor de su hijo la cantidad mensual de 180 euros por cada uno de los hijos, actualizadas anulamente en proporción al incremento del IPC según determine el INE, cantidad que deberá ser ingresada por D. Carlos Miguel en la cuenta que designe Dña. Celestina dentro de los cinco primeros días de cada mes. Asimismo, el padre deberá abonar la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan con relación al hijo común, entendiendco por tal las operaciones quirúrgicas, largas enfermedades, etc., en que incurra el hijo menor del matrimonio y que no se hallen cubiertas por la seguridad social u otro seguro médico, y la mitad del importe de la matrícula y gastos de libros de texto y material, correspondiente a la formación escolar del mismo, previa notificación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo.

  6. - La disolución del régimen económico de gananciales existente."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal del demandado se interpuso...

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