Capítulo V. Los catedráticos

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CAPÍTULO V
LOS CATEDRÁTICOS
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centurias de existencia, la creación estatal del cuerpo de catedráticos de Uni-
versidad se materializa en un acta de nacimiento muy claramente determina-
da. Su origen se ubica en el mandato contenido en el Plan de estudios de 1845
promovido por el ministro de la Gobernación, Pedro José Pidal, disponien-
do que se realizase una reorganización general del profesorado, que debía
pivotar sobre tres pilares básicos: la formación de un cuerpo único, que no
albergase distinción alguna entre sus integrantes, salvo la marcada por la an-
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incremento de la remuneración de los catedráticos en función del tiempo de
desempeño y la naturaleza de sus servicios, para lo que se ideaba el estableci-
miento de varios escalones jerarquizados en función del nivel de retribución y
su ordenación en un escalafón único, en el que se ascendería exclusivamente
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en tres grandes categorías: entrada, ascenso y término, siendo la vía de paso
de la inferior a la superior la oposición. El objetivo perseguido era convertir
en más atractiva la carrera académica y con ello estimular una mejora de la
docencia1.
Para implementar esta iniciativa, se conformó una comisión, presidida por
el miembro y representante del Consejo de Instrucción Pública Juan Martín
Carramolino, acompañado por seis catedráticos propietarios. Dicha comisión
concluyó sus trabajos el 12 de mayo de 1846, aunque solamente después de
mantener varias revisiones y de ser resueltas diversas incidencias y recla-
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escalafón, integrado por 276 catedráticos, procedentes de las más diversas
instituciones educativas2. Este constituía, sin duda, un paso esencial en el
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1 M. Martínez Neira, La creación del cuerpo de catedráticos de Universidad (1812-
1857), p. 37.
2 Sobre el proceso de formación de este primer escalafón y sus características, M.
Martínez Neira, La creación del cuerpo de catedráticos de Universidad (1812-1857), pp.
37-43. El texto del proyecto de escalafón remitido por la comisión en pp. 127-230.
MANUEL ÁNGEL BERMEJO CASTRILLO
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Sin duda, la sistemática adoptada en la estructuración de este trabajo con-
duce inexorablemente a que, después de estudiar las tendencias doctrinales,
los planes de estudio y las asignaturas, los mecanismos de acceso a las cáte-
dras y las oposiciones y concursos, nos ocupemos ahora de los grandes pro-
tagonistas de esta historia, que son los personajes que ocuparon las cátedras
vinculadas a la materia procesal a lo largo del amplio espectro temporal que
hemos ido recorriendo. No obstante, esta tarea tropieza con dos obstáculos.
Por un lado, pretender sumar aquí un examen exhaustivo de la trayectoria
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supondría desbordar los márgenes de lo razonable respecto a la extensión de
la presente investigación. El segundo, más que un inconveniente es una ven-
taja y reside en el hecho de que, en su gran parte, este trabajo está ya realizado
gracias al esfuerzo colectivo que ha hecho posible completar el Diccionario de
catedráticos españoles de derecho 1847-1943 –ahora en fase de ampliación
cronológica hasta el año 19843–, que se halla disponible tanto en su ubica-
ción electrónica como en la versión impresa en la que, con un carácter más
sintético, y homogéneo se han recogido los resultados de su primera fase de
construcción4, que ya abarcaba todo el arco temporal transitado en la presen-
te obra. Por eso, ambos soportes, digital y en papel, del diccionario proporcio-
naran la referencia fundamental para el desarrollo de este apartado.
En consecuencia, y sin perjuicio de que en otra ocasión se pueda abordar
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este amplio conjunto de catedráticos, ahora descartado, aquí me limitare a
proporcionar una relación de todos ellos ordenados según la secuencia cro-
nológica de su respectivo ingreso en el cuerpo de catedráticos, acompañada
de una breve mención a los hitos principales de su carrera estrictamente aca-
démica y la mención a las obras relativas a cuestiones procesales que pueden
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1940, aunque en algunos casos, por su relevancia, se pueda hacer alguna su-
cinta alusión a su trayectoria posterior después de superado este umbral. En
la arriba citada base de datos proporcionada por el Diccionario de catedráti-
cos podrá encontrarse una información mucho más amplia y detallada sobre
3 El actual Diccionario de catedráticos españoles de derecho (1847-1984), ya re-
ferenciado en este trabajo en innumerables ocasiones, puede ser consultado en: https://
humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/page/inicio
4 C. Petit et alii (eds.), Derecho ex cathedra. 1847-1936. Diccionario de catedráti-
cos españoles, Madrid, Universidad Carlos III de Madrid, 2019.
DERECHO PROCESAL: UNA DISCIPLINA EN CONSTRUCCIÓN
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cada uno de estos personajes, por lo que en el aparato crítico incorporado a
estas voces sólo incluiré las referencias más esenciales.
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MARIANO GARCÍA Y CASTILLÓN (1784-1848)
Licenciado (1802) y doctor en Leyes (1802) y en Cánones (1803) en la Uni-
versidad de Huesca. Ocupó diversos puestos como regente en las Facultades
de Cánones y Leyes de esta misma Universidad. El 23 de octubre de 1805
fue nombrado catedrático por oposición de la cátedra de “Decretales” de la
Facultad de Cánones. En 1816, también por oposición, fue nombrado para
la cátedra de “Economía política” de la universidad oscense. Desde 1820 se
le encomendó la enseñanza de la “Práctica forense”. Con la entrada en vigor
del Arreglo provisional de estudios de 1836 pasó a encargarse de la cátedra
de “Partidas y Novísima Recopilación”, y con el plan de estudios de 1842 de
la de “Códigos españoles, el de comercio, materia criminal”. Al cerrarse la
Universidad de Huesca, en 1845, fue destinado a la Universidad de Valen-
cia, donde, inicialmente, se hizo cargo de la “Academia teórico-práctica de
jurisprudencia”, volviendo con la aplicación del plan de estudios de 1847 a
desempeñar la cátedra de “Práctica forense”, hasta su fallecimiento. No se le
atribuyen publicaciones5.
JUAN NEIRA MARÍN (1803-1861)
Licenciado (1825) y doctor (1827) en Leyes en la Universidad de Santiago.
Ganó por oposición la cátedra de “Práctica forense” de la propia universidad
compostelana, siendo nombrado por una real resolución de 4 de agosto de
1828. Estuvo separado de la cátedra, posiblemente por motivos políticos, en-
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el 28 de diciembre de 1845 fue designado como propietario para impartir la
asignatura “Academia teórico-práctica y Oratoria forense” en la misma uni-
versidad. Desde el 26 de junio de 1860, tras rechazar su nombramiento para
la cátedra de “Disciplina general de la Iglesia y particular de España”, se con-
virtió en titular de la cátedra de “Elementos de derecho mercantil y penal”,
también en la universidad compostelana. Fue Decano de la Facultad de Dere-
5 Diccionario de catedráticos españoles de Derecho (1847-1984): https://humani-
dadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/14758, y C. Petit et alii, Derecho ex cathedra.
1847-1936. Diccionario de catedráticos españoles, pp. 176-177 (M. Cachón Cadenas).

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