Capítulo IV. Oposiciones y concursos

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CAPÍTULO IV
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Para apoyar el análisis del desarrollo de las diferentes oposiciones y concur-
sos celebrados en el amplio arco cronológico que abarca nuestro estudio con-
tamos, principalmente, con los datos ofrecidos por los fondos documentales
existentes en el Archivo del Ministerio de Educación, adscrito al Archivo Gene-
ral de la Administración Civil del Estado (AGA) situado en Alcalá de Henares.
Aunque el estudio que aquí se ofrece de estas oposiciones constituye el re-
sultado de una labor desarrollada de forma intermitente durante varios años,
en la actualidad contamos con un instrumento muy valioso para obtener su
localización y proceder a su sistematización. Se trata del inventario de oposi-
ciones a cátedras jurídicas (1856-1983) publicado por Javier Carlos Díaz Rico
en dos entregas sucesivas. Una primera, que abarcó el periodo comprendido
entre los años 1859 y 1943, donde se recogía un catálogo de 310 oposiciones1,
celebradas en las Universidades de Barcelona, Central (Madrid), Granada, La
Laguna2, Murcia, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y
Zaragoza, y una segunda, en la que este repertorio se ha ampliado sustancial-
mente, integrando otras 248 oposiciones celebradas entre 1943 y 1983, año
de promulgación de la Ley Orgánica 11/1983 de 25 de agosto de reforma Uni-
versitaria, que proporciona el hito de término3. La inmensa mayoría de estos
expedientes están localizados en la sección “Educación” (fondo 05) del AGA,
que en el módulo 32 reúne los fondos procedentes del antiguo Ministerio de
Instrucción Pública4.
1 J. C. Díaz Rico, Oposiciones a cátedras de derecho (1847-1943), Madrid, Uni-
versidad Carlos III de Madrid, 2018. La elaboración de este catálogo fue preparada por la
tarea previa de depuración de registros realizada por Fernando Hernández Fradejas y Fer-
nando Liendo Tagle colaborando, además, en la catalogación Carlos Petit, Esteban Conde,
Aurora María López Medina y Jesús Vallejo.
2 En realidad, la Universidad de La Laguna fue creada por un Real Decreto de 21 de
septiembre de 1927, por lo que con anterioridad constituía una sección de estudios univer-
sitarios, contando con un régimen especial, que, por ejemplo, suponía que sus catedráticos
no estuviesen incluidos en el escalafón y que las retribuciones fuesen más elevadas.
3 J. C. Díaz Rico, El acceso a la cátedra. Inventario de oposiciones a cátedras jurí-
dicas (1859-1983), Madrid, Universidad Carlos III de Madrid, 2021.
4 Fondos que fueron trasladados en 1953 a la calle Serrano 115 y en 1975 al AGA.
MANUEL ÁNGEL BERMEJO CASTRILLO
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Constituyendo el objetivo principal de este trabajo el estudio de la evo-
lución conceptual, material, doctrinal y legislativa que determina el proceso
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disciplina académica, lógicamente, nuestro interés principal se concentrará
en la celebración de las oposiciones y en el examen de todas las circunstancias
tejidas en torno a ellas: composición de los tribunales, opositores, contenido
y desarrollo de los ejercicios y criterios de valoración de los méritos de los
participantes, primordialmente. Por ello, en los epígrafes y subepígrafes que
estructuran este amplio capítulo se hará referencia a las distintas oposiciones
analizadas, con alusión a las universidades de adscripción de las cátedras va-
cantes en disputa y el año de celebración efectiva de las pruebas, con indepen-
dencia de que la convocatoria y la tramitación se hayan iniciado varios o mu-
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de los concursos, que son esenciales para conocer los cambios de propietarios
producidos en las distintas cátedras, y los méritos alegados por los aspirantes
para optar a ocuparlas.
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PRÁCTICA FORENSE (1867-1880)
1.1. Algunas consideraciones previas
Partimos en este análisis de la constatación de que las primeras cátedras
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en los planes de estudio es bastante anterior. La explicación más plausible
lleva a pensar que la documentación generada por las oposiciones celebradas
en los años precedentes no había sido todavía centralizada, como parece co-
rroborarlo la coetánea datación –si acaso con escasos años de anticipación–
de los primeros expedientes disponibles correspondientes a otras disciplinas.
No hay que descartar, empero, que algunos de estos expedientes tempranos
puedan estar desperdigados en otras secciones del AGA, que no han sido sis-
temáticamente revisadas e inventariadas. De hecho, tenemos noticias de que
en la referencia 31 pueden encontrarse algunos expedientes previos a 1859,
pero ninguno que pertenezca a nuestro ámbito de interés5. Hay que recordar,
además, que, aunque con crecientes restricciones, entre las formas de ingreso
5 J. C. Díaz Rico, Oposiciones a cátedras de derecho (1847-1943), p. 12.
DERECHO PROCESAL: UNA DISCIPLINA EN CONSTRUCCIÓN
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en el profesorado universitario se contemplaba la posibilidad de que algunos
de los titulares de las cátedras no las obtuvieran por la vía de una oposición,
sino a través de un nombramiento directo del gobierno o, más habitual, que
las ganasen por el sistema del concurso, procediendo de cátedras de otras
disciplinas, conseguidas, o no, mediante oposición. Del mismo modo que re-
sulta factible suponer que con anterioridad se hiciesen cargo de las cátedras
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dichas materias. Una peculiaridad que sabemos que era compartida por otras
disciplinas jurídicas, igualmente, inmersas en pleno proceso, no siempre exi-
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de las enseñanzas impartidas en las facultades de derecho.
En apoyo de la viabilidad de esta última hipótesis podemos acudir a las
noticias que nos ofrecen las actas de una controvertida oposición para la pro-
visión de una cátedra de “Teoría práctica de los procedimientos judiciales y
Práctica forense” de la Universidad de Valencia, celebrada en 1872, pues a la
hora de formarse el tribunal, el deseo de respetar lo dispuesto en el artículo
16 del Reglamento para el ingreso en el profesorado público de 19 de enero
de 1872, que otorgaba la condición de jueces natos a cuatro de los catedrá-
ticos por oposición de la misma asignatura, tropezó con la circunstancia de
que sólo dos, Julián García Valenzuela6, de Granada, y Juan Inocencio Conde
Crespo, de Valladolid7, cumplían ese requisito, debiendo recurrirse a asimilar
6 García Valenzuela había sido nombrado el 13 de mayo de 1829 catedrático de
“Práctica forense” de la Universidad de Granada en virtud de oposición, pasando en 1833
a desempeñar la de “Novísima Recopilación”, aunque después fue separado del puesto
por motivaciones políticas hasta 1844. En 1847 aparece en el primer escalafón como cate-
drático de “Academia teórico-práctica” en Facultad de Jurisprudencia de la Universidad
de Granada, impartiendo también la “Oratoria forense”. En 1849 su cátedra se convirtió
en “Teoría de los procedimientos”, desempeñándola hasta su jubilación en 1879, con un
paréntesis entre 1861 y 1867, en el que se ocupó de la cátedra de “Disciplina eclesiástica”.
Su expediente personal en Archivo General de la Administración Civil del Estado (AGA),
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612, expediente (exp.) 47. Véanse, Diccionario de catedráticos españoles de Derecho
(1847-1984): https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/14821, y C. Pe-
tit et alii, Derecho ex cathedra. 1847-1936. Diccionario de catedráticos españoles, pp.
185-186 (M. A. Bermejo Castrillo).
7 De Juan Inocencio Conde Crespo sabemos que el 9 de diciembre de 1857 fue
nombrado catedrático de “Teoría de los procedimientos judiciales y práctica forense” de
la Universidad de Oviedo y que en marzo de 1858 tomó posesión de la cátedra de “Có-
digos españoles, ampliación de derecho civil y fueros provinciales” de la Universidad de

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