¿Fue el bebé sacudido? Prueba, pericia y epistemología jurídica en el proceso penal inglés

AutorPaul Roberts
Cargo del AutorProfesor de Criminal Jurisprudence en la University of Nottingham; profesor visitante de la University of New South Wales
Páginas135-180
VI
¿FUE EL BEBÉ SACUDIDO? PRUEBA,
PERICIA Y EPISTEMOLOGÍA JURÍDICA
EN EL PROCESO PENAL INGLÉS *
Paul ROBERTS **
University of Nottingham
1. INTRODUCCIÓN: LA PREOCUPACIÓN EPISTÉMICA
EN LA JURISDICCIÓN PENAL
«Hay pocos tipos de casos en los que surja mayor preocupación y con-
troversia —dijo MOSES, L. J., al pronunciar la sentencia de la Corte de Ape-
laciones en el caso Henderson— que aquellos en los que se sostiene que un
bebé ha muerto como consecuencia de haber sido sacudido» 1. En las últimas
dos décadas, se han fallado más de cien casos sobre el «síndrome del bebé
sacudido» en los juzgados penales de Inglaterra y Gales. La exitosa apelación
del caso Cannings 2 (en el que se alegó asf‌ixia y no sacudidas) precipitó una
investigación of‌icial urgente sobre otras 297 condenas, en casos en los que ha-
bían muerto repentinamente bebés e infantes en circunstancias sospechosas 3.
* Traducción de Maximiliano ARAMBURO.
* Profesor de Criminal Jurisprudence en la University of Nottingham; profesor visitante de la
University of New South Wales.
1 R. v. Henderson; R. v. Butler; R. v. Oyediran [2010], 2 Cr. App R. 24: [2010] EWCA Crim. [1].
2 [2004] 2 Cr. App R. 7.
3 Véase ATTORNEY GENERALS OFFICE, 2004.
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En casi la tercera parte de éstos se encontró que los padres o las niñeras habían
inf‌ligido a los bebés y a los infantes lesiones por sacudidas, muchas veces fa-
tales. Cannings se aseguró un lugar en la historia británica de los errores judi-
ciales notorios, al lado de la casi contemporánea exoneración de Sally Clark 4,
otro caso que hablaba de una inexplicable «muerte en la cuna», en lugar de las
presuntas sacudidas.
Hay varios fundamentos en virtud de los cuales podría considerarse que
estos casos son la excepción, especialmente si el punto de partida de la com-
paración es la dosis diaria de hurtos, robos, vandalismo, agresiones menores
y tráf‌ico de drogas a menor escala, que consumen buena parte de los recursos
y la atención de nuestros juzgados penales. El homicidio es estadísticamente
raro y extraordinariamente grave; y es todavía más doloroso cuando la corta
vida de la víctima apenas comenzaba. Los casos de bebés sacudidos son tam-
bién excepcionales desde el punto de vista forense, dado que los juzgadores de
los hechos a menudo tienen que elegir directa y dramáticamente entre asesina-
to (u homicidio voluntario) y muerte natural, en este último caso dando como
resultado que no hay delito alguno de por medio. Y como si esta elección no
fuese lo suf‌icientemente difícil, el acusado terminará siendo un asesino o un
ya turbado padre o niñera, para quien un veredicto erróneo de culpabilidad
añadiría injusticia a una tragedia de por sí desgarradora. Un tercer aspecto
en que los casos de bebés sacudidos son inusuales (aunque no únicos) estri-
ba en la escasez de los testimonios fácticos de los que dispone el juzgador
de los hechos. La víctima o bien ha fallecido o bien es un menor en estadio
prelingüístico, en cualquier caso incapaz de explicar cómo se produjeron las
lesiones. Normalmente se alega que las lesiones se han producido mientras el
menor se encontraba al cuidado únicamente del acusado, usualmente en casa
o en otro establecimiento doméstico, eliminando así la posibilidad de testigos
independientes. El único adulto testigo del supuesto delito es el acusado, es
decir, la persona con mayores motivos para mentir si es que en realidad es cul-
pable. Tomados en conjunto, estos tres factores son más que suf‌icientes para
preocupar a la jurisdicción penal. Como observó la Corte de Apelaciones en
Henderson, «no sorprende la controversia que generan estos casos» 5.
Dando por sentado que nos interesan las verdades generales —cuando no
las universales— más que las biografías individuales, ¿qué podemos esperar
aprender del análisis de la dinámica forense de estos procesos y sus apela-
ciones, que admitimos como excepcionales? Henderson es en la actualidad
un importante precedente jurídico en la práctica penal inglesa, pero ¿por qué
deberían prestarle alguna atención los juristas extranjeros o los f‌ilósofos? El
estudio de casos puede ser ilustrador, justamente porque suministra un desta-
cado punto de comparación con lo prosaico y rutinario. Igualmente, el estudio
4 R. v. Clark [2003] EWCA Crim. 1020; KIRBY, 2003; ROZENBERG, 2003.
5 R. v. Henderson [2010] 2 Cr. App R. 24 [1].
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de casos puede ser valioso porque ejemplif‌ica la cotidianidad. Este trabajo
demostrará por qué la sentencia de la Corte de Apelaciones en Henderson
compensa su cuidadoso estudio desde esos dos puntos de vista.
A pesar de su evidente excepcionalidad, los casos de bebés sacudidos
también ejemplif‌ican muchas características ordinarias de los juicios penales
controvertidos. En ellos hay, por def‌inición, una disputa acerca de uno o más
hechos clave que el tribunal debe resolver de alguna manera. Para hacerlo,
los tribunales despliegan una variedad estándar de recursos institucionales,
normativos y epistemológicos. Para los casos de delitos graves en Inglaterra
y Gales, esto signif‌ica que se trata de procesos conducidos por las partes y la
determinación de los hechos corresponde a jurados legos, todo dentro de un
marco de reglas y principios procesales detallados (incluyendo las reglas que
rigen la admisibilidad y los usos lícitos de las pruebas así como las teorías
jurídicas para distribuir los déf‌icits y los riesgos epistémicos, tales como las
presunciones probatorias, las cargas y los estándares de prueba) 6. Con pocas
fuentes de información adicionales sobre los hechos en controversia, el testi-
monio de los peritos es inevitablemente crucial en los procesos de bebés sa-
cudidos y éste es, también, un rasgo predominante del litigio penal moderno.
Podría simplemente mencionar las acusaciones que se basan, por ejemplo, en
perf‌iles de ADN, huellas dactilares, pruebas de balística, cintas de vídeo de
circuitos cerrados de televisión o en cualquier otra «pista» proveniente de las
ciencias forenses. Como dijo la Corte de Apelaciones acerca de las condenas
por bebés sacudidos que fueron revisadas en Henderson, «expertos, autorida-
des de la acusación y jurados deben reconstruir lo que ha sucedido, de la mejor
manera posible» 7.
En concreto, la siguiente disección de la sentencia de Henderson preten-
de elucidar las características más destacadas de la «epistemología jurídica» 8
propia de la determinación de los hechos al servicio de la justicia penal, al
menos en el modo en que estas prácticas epistemológicas se interpretan, se
institucionalizan y se recrean en el proceso penal inglés. Además de presentar
un caso de estudio f‌inamente construido en las prácticas epistémicas de la
jurisdicción, este artículo pretende contribuir a los estudios de derecho com-
parado, enfatizando la importancia de las distintas tradiciones jurídicas 9 y sus
explicaciones justif‌icativas, para darle sentido al proceso penal en términos
de sus instituciones jurídicas locales, sus marcos normativos y sus culturas
jurídicas profesionales 10.
6 Para una elucidación sistemática, véase ROBERTS y ZUCKERMAN, 2010: especialmente capítu-
los 2 y 6.
7 [2010] 2 Cr. App R. 24 [1].
8 Con una venia respetuosa a LAUDAN, 2006.
9 Cfr. GLENN, 2010.
10 Temas en desarrollo, previamente explorados en ROBERTS, 2006; 2008a; 2008b; 2010; 2011;
ÖRÜCÜ y NELKEN, 2007; NELKEN, 2000.

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