Artículo 2. Competencia en materia de jurisdicción voluntaria

AutorMaría Nieves Bayo Recuero
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Profesora. Juez Stta
Páginas38-42
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Artículo 2. Competencia en materia de jurisdicción voluntaria
1. Los Juzgados de Primera Instancia o de lo Mercantil, según el caso, tendrán la
competencia para conocer y resolver los expedientes de jurisdicción voluntaria.
2. En los expedientes de jurisdicción voluntaria la competencia territorial vendrá
fijada por el precepto correspondiente en cada caso, sin que quepa modificarla por
sumisión expresa o tácita.
3. El impulso y la dirección de los expedientes corresponderá a los Secretarios judicia-
les, atribuyéndose al Juez o al Secretario, según el caso, la decisión de fondo que recai-
ga sobre aquellos y las demás resoluciones que expresamente se indiquen por esta Ley.
Cuando no venga atribuida la competencia expresamente a ninguno de ellos, el Juez
decidirá los expedientes que afecten al interés público, al estado civil de las personas,
los que precisen la tutela o de normas sustantivas o puedan deparar actos de dispo-
sición, reconocimiento, creación o extinción de derechos subjetivos, así como cuando
afecten a los derechos de menores o personas con capacidad modificada judicialmen-
te. El resto de los expedientes serán resueltos por el Secretario Judicial.
COMENTARIO
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Doctora en Derecho.
Profesora. Juez Stta
La competencia objetiva para conocer de Jurisdicción Voluntaria origi-
nariamente venía atribuida a los Juzgados de Primera Instancia, pero en la
nueva Ley 15/2015, de 2 de julio, atribuye la referida competencia para cono-
cer y resolver todos los procedimientos incluidos en la Ley de la Jurisdicción
Voluntaria a los Juzgados de Primera Instancia1 o de lo Mercantil2 en función
1 Es interesante tener en cuenta la recopilación realizada en su obra LIEBANA
ORTIZ, J.R. - PÉREZ ESCALONA, S.: “Comentarios a la Ley de Jurisdicción Voluntaria”, Madrid,
2015, págs. 87 y 88, pues se mencionan los procedimientos recogidos en la nueva Ley
15/2015 que son competencia de los Juzgados de Primera Instancia: “la obtención de la

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