Artículo 3. Legitimación y postulación

AutorMaría Nieves Bayo Recuero
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Profesora. Juez Stta
Páginas43-46
43
Artículo 3. Legitimación y postulación
1. Podrán promover expedientes de jurisdicción voluntaria e intervenir en ellos quie-
nes sean titulares de derechos o intereses legítimos o cuya legitimación les venga confe-
rida legalmente sobre la materia que constituya su objeto, sin perjuicio de los casos en
que el expediente pueda iniciarse de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal.
2. Tanto los solicitantes como los interesados deberán actuar defendidos por Letrado y
representados por Procurador en aquellos expedientes en que así lo prevea la presente
Ley. No obstante, aun cuando no sea requerido por la ley, las partes que lo deseen po-
drán actuar asistidas o representadas por Abogado y Procurador, respectivamente.
En todo caso, será necesaria la actuación de Abogado y Procurador para la presen-
tación de los recursos de revisión y apelación que en su caso se interpongan contra la
resolución definitiva que se dicte en el expediente, así como a partir del momento en
que se formulase oposición.
COMENTARIO
M N B R
Doctora en Derecho
Profesora. Juez Stta
Este artículo reconoce legitimación para actuar en un procedimiento de
jurisdicción voluntaria al solicitante o a cualquier otro interviniente que sea
titular de un derecho o ostente un interés digno de protección, así como aque-
llos a los que la ley les otorga legitimación en las materias que son el objeto de
la tutela que se pretende.
El problema lo presenta el determinar a qué personas la ley les otorga
legitimación en virtud de que ostentan un interés legítimo en lo que cons-
tituye el objeto del procedimiento, y en este sentido entiendo, que cuando
el legislador ha utilizado la expresión “titular de derechos o intereses legíti-
mos” está otorgando legitimación a aquella persona que tiene un interés que
le afecta directa o indirectamente en aquellas materias. Este interés puede
ser de carácter patrimonial, personal o estar tutelado por el Derecho de fa-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR