Ars boni et æqui. Una aproximación a la obra de arte como concepto jurídico indeterminado

AutorGabriela C. Cobo del Rosal Pérez
Páginas82-101
CAPÍTULO III
ARS BONI ET ÆQUI:
UNA APROXIMACIÓN A LA OBRA DE ARTE
COMO CONCEPTO JURÍDICO INDETERMINADO
GABRIELA C. COBO DEL ROSAL
Profesora Titular de Historia del Derecho184
Universidad Rey Juan Carlos
Resumen: las siguientes páginas ofrecen una aproximación al concepto jurídico de obra
de arte a la luz de su difícil concreción técnica la cual obliga al legislador a situarlo en el marco
más amplio de los conceptos jurídicos indeterminados. Es por ello que, para su mejor apro-
ximación se dedican las primeras páginas a estos conceptos jurídicos indeterminados y su
presencia en el ordenamiento jurídico, desde la significación que sobre los mismos ofrecieron
García de Enterría y Fernández Rodríguez que los observan como delimitadores de supues-
tos concretos, cuyos límites no quedan precisados desde su enunciado. En suma, dicha im-
precisión técnica no implica ni la discrecionalidad, ni la antijuridicidad ni que por ello deban
verse como conceptos viciados. La segunda parte del trabajo expone cómo el legislador opera
con los conceptos de obra de arte y obra plástica en el Derecho español.
Palabras clave: concepto jurídico de obra de arte, conceptos jurídicos indeterminados.
Abstract: the following pages offer an approach to the legal concept of work of art in
the light of its difficult technical specification, which obliges the legislator to place it within
the broader framework of the indeterminate legal concepts. That is why, for a better ap-
proach, the first pages are dedicated to these indeterminate legal concepts and their presence
in the legal system, from the significance offered by García de Enterría and Fernández
Rodríguez, who see them as delimiters of specific cases, whose limits are not specified from
the moment they are stated. In short, such technical imprecision does not imply either dis-
cretionality or unlawfulness, nor does it imply that they should be seen as flawed concepts.
The second part of the paper explains how the legislator operates with the concepts of work
of art and plastic work in Spanish law.
Key words: legal concept of work of art, indeterminate legal concepts.
184 Doctora en Derecho. Cuenta con numerosas estancias de formación académica, docentes y de investi-
gación en prestigiosas universidades como la Universidad Karl-Franzens Graz; la Universidad Degli Studi
di Milano; la Universidad de Harvard o la Universidad San Marcos. Ha escrito numerosos trabajos al publi-
cados en editoriales y revistas científicas de reconocido prestigio. orcid.org/0000-0001-8515-4743. ga-
briela.cobodelrosal@urjc.es
Ars boni et æqui: una aproximación a la obra de arte como concepto jurídico indeterminado
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SUMARIO:
1. INTRODUCCIÓN
2. LA OBRA DE ARTE EN EL MARCO DE LOS CONCEPTOS
JURÍDICOS INDETERMINADOS
3. UNA APROXIMACIÓN A LAS NOTAS QUE DISTINGUE A LA OBRA
DE ARTE EN EL DERECHO ESPAÑOL
3.1. Notas preliminares
3.2. Exigencias identificativas de la obra de arte en la normativa española
3. REFLEXIÓN FINAL A MODO DE CONCLUSIÓN
4. BIBLIOGRAFÍA
1. INTRODUCCIÓN
[…] el Arte, escrita la palabra con A mayúscula, no existe, pues el Arte con A
mayúscula tiene por esencia que ser un fantasma y un ídolo” 185.
Ernst H. Gombrich (1909-†2001)
La dificultad que plantea la definición de Arte en general ha llevado a algunos autores
a concluir que el Arte realmente “no existe” y que “sólo hay artistas”186. Antaño los
primeros artistas de los que se tiene noticia tomaban tierra impregnada de color y con
ella dibujaban de forma abrupta, por ejemplo, la imagen de un bisonte en una cueva. La
diferencia de aquellos artistas con los actuales es que hoy pueden adquirir sus colores en
comercios y muestran sus pinturas en las paredes de un Museo, en el mejor de los casos.
El atractivo que entraña la belleza puede llevar a la creencia de que sólo lo bello sea
merecedor de ser considerado obra de arte, sin embargo, la belleza también es un con-
cepto subjetivo, más allá de las precisiones leonardinas y las obras de contenido violento,
desagradable o, simplemente realista, también son así catalogadas. Y es que resulta evi-
dente que lo que hace que una obra alcance la categoría de artística incluye incalculables
aspectos subjetivos por demás cambiantes en el tiempo. Ello hace que anticipadamente
no puedan ponderarse de forma contable, ni evidenciarse unívoca y unánimemente los
atributos que debe tener una obra para ser calificada como Arte. En este sentido llega
Azúa al extremo de considerar de “incompetente” al crítico “imparcial, justo, neutro,
equilibrado y equidistante” que esgrime un juicio sobre una obra de arte, pues entiende
que:
“Sólo la parcialidad y la injusta pasión pueden hacernos vivir una obra de arte o un fe nómeno
artístico adecuadamente” 187.
185 Ernst H. Gombrich, La Historia del Arte, 15ª Edición, (México: Editorial Diana S.A., 1995), 15.
186 Ibid. 15.
187 Félix de Azúa, Prólogo en Diccionario de las artes, (Planeta: Barcelona, 1995), 7.

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