Anexo 2

AutorC. Román; A. Blanco ; A. Concejo
Cargo del AutorUniversidad Rey Juan Carlos
Páginas117-121

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Régimen Fiscal de las inversiones en bienes tangibles de colección
1. Naturaleza y objeto del impuesto

El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares (Real Decreto Legislativo 3/2004).

El objeto de este impuesto es la renta del contribuyente, entendida ésta como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por ley, disminuida esta renta en la cuantía del mínimo personal y familiar.

Para el caso particular de los bienes de colección, la transmisión de este tipo de activos, se computará dentro de las ganancias y pérdidas patrimoniales del individuo. En el caso de que el bien haya permanecido en el patrimonio del contribuyente por un periodo inferior o igual a un año, la transmisión quedará gravada en la parte general del impuesto, sin embargo en caso de que el bien permanezca en el patrimonio del contribuyente por un periodo superior a un año, la transmisión quedará gravada en la parte especial del impuesto a una tasa del 15%.

2. Calificación fiscal

Son ganancias o pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que se califiquen como rendimientos (RD Legislativo 3/2004).

La transmisión de los Bienes Tangibles de Colección estará incluida dentro de las ganancias y pérdidas patrimoniales en una cuantía equivalente a la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición del mismo.

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3. Cálculo del valor de adquisición y venta

El valor de adquisición estará formado por la suma de:

- El importe real por el que se efectuó la adquisición

- El coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos y los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses, que hubieran sido...

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