STSJ Murcia 179/2008, 18 de Febrero de 2008
Ponente | MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2008:387 |
Número de Recurso | 1334/2007 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 179/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 00179/2008
ROLLO Nº: RSU 1334/2007
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA
En MURCIA, a dieciocho de febrero del dos mil ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente:
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Regina, contra la sentencia número 634/07 del Juzgado de lo Social número Tres de Murcia, de fecha 13 de julio del 2007, dictada en proceso número 321/07, sobre ALTA MEDICA, y entablado por DOÑA Regina frente a ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS, MUTUA FREMAP, SERVICIO MURCIANO DE SALUD e INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora Dª Regina, sufrió accidente de trabajo el 17-04-06 cuando prestaba servicios como vendedora de cupones de la ONCE, que tenía cubiertas las contingencias profesionales con Mutua FREMAP, iniciando proceso de incapacidad temporal en esa misma fecha. La actora resbaló y cayó al suelo golpeándose varias partes del cuerpo, acudiendo al Hospital Comarcal del Noroeste de Caravaca de la Cruz dónde le diagnosticaron contusión de mano y rodilla derechas, se le prescribió como tratamiento vendaje y Enatyum sobres. Tras la exploración llevada a cabo por los facultativos, que en rodilla no encontraron la rodilla ocupada, ni laxitud ligamentosa, ni maniobras meniscales positivas, ni contracturas en cuello, que presentaba movilidad completa, la Mutua emitió parte de alta médica en fecha 17-5-06 por mejoría que permite trabajar. La actora finalizó la prestación de servicios con la ONCE el día 25-4- 06. SEGUNDO.- El 11-7-06 acude al Hospital Comarcal del noroeste aquejada de cervicalgia y Gonalgia, presentando dolor difuso a la exploración de la rodilla, y se le prescribe RNM de columna cervical y de rodilla. La RNM de columna cervical de 28-9- 06 evidencia incipiente discopatía degenerativa y pequeña protusión C4-C5 cubierta por osteofito, sin evidencia de compromiso medular ni radicular. La RNM de rodilla derecha de la misma fecha evidenció Signos de rotura parcial del retináculo rotuliano y pequeño derrame articular. La actora acudió a los Servicios Públicos de Salud nuevamente el 11-10-06 por cervicalgia, lumbalgia y Gonalgia, y se le prescriben 15 sesiones de RHB por presentar contractura de trapecios y dolor, y en rodilla presentando dolor, con extensión resistida y presión cara anterior extensión debajo rotula, con Balance articular y muscular normal. TERCERO.- La actora tenía antecedentes de accidente de tráfico por el que fue tratada en el año 2001 con diagnóstico de Síndrome de latigazo cervical y contusión en rodilla derecha. CUARTO.- La base reguladora de la prestación de IT asciende a 35,30 €/día. QUINTO.- Se agotó la Vía administrativa Previa."; y el...
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