STSJ Andalucía 142/2006, 18 de Enero de 2006
Ponente | DOMINGO BRAVO GUTIERREZ |
ECLI | ES:TSJAND:2006:8909 |
Número de Recurso | 2342/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 142/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
142/2006
SENT. NÚM. 142/06
ILMO. SR. D. EMILIO LEON SOLA
ILMO. SR. D. DOMINGO BRAVO GUTIERREZ
ILMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a Dieciocho de Enero de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm. 2342/05 interpuesto por Carlos José contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Jaén en fecha 27 de junio de 2005 en Autos núm. 232/05 ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. DOMINGO BRAVO GUTIERREZ.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Carlos José en Autos núm. 232/05 sobre INVALIDEZ GRADO contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIALadmitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha en fecha 27 de JUNIO de 2005 desestimatoria de la demanda.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
D. Carlos José, mayor de edad, nacido el día 15 de marzo de 1962 y domiciliado a efectos de notificaciones en cl DIRECCION000 num. NUM000 de La Carolina (Jaén)l, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM001 y encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social.
Mediante resolución del INSS, Dirección Provincial de Granada, de fecha 1 de septiembre de 1993, el actor fue declarado en situación de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total cualificada para su trabajo habitual de auxiliar de laboratorio, derivada de accidente no laboral por padecer las siguientesenfermedadesy secuelas: retinitis necrosantepostrombocitosis. Reconociéndosele una pensión del 55% de su base reguladora de 69.793 pesetas.
El actor solicitó la revisión de grado de invalidez en el año 2002 y el día 8 de noviembre de 2002 se emitió Informe de valoración médica con el resultado de juicio diagnóstico y valoración de carcinoma trígono retromolar derecho estadio T2-3 NO MO. Retinitis necrótica postombocitosis.
El día 2 de diciembre de 2002 elevó Propuesta el Equipo de Valoración de Incapacidades de Jaén, entendiendo que no procedía revisar el grado de invalidez de la actora reconocido en su día determinando como cuadro clínico carcinoma trígono retromolar derecho estadio T2-3 NO MO. Retinitis necrótica postombocitosis, y el día 20 de diciembre de 2002 recayó Resolución denegatoria de la revisión del grado solicitada de la Dirección Provincial del INSS de Jaén.
El actor solicitó nueva revisión de grado de invalidez en el año 2004 y el día 16 de diciembre de 2004 se emitió informe de valoración médica de síntesis con el resultado de juicio de diagnóstico y valoración de carcinoma trígono retromolar derecho estadio T2-3 NO MO. Retinitis necrótica postombocitosis.
El día 21 de diciembre de 2004 elevó Propuesta el Equipo de Valoración de Incapacidades entendiendo que no procedía revisar el grado de invalidez de la actora reconocido en su día, indicando que la calificación podría ser revisada por agravación o mejoría a partir de 20-12-05, y el día 20 de enero de 2005 recayó Resolución denegatoria de la revisión del grado solicitada de la Dirección Provincial del INSS de Jaén. Y el actor no estando de acuerdo con la misma...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba