STSJ Murcia 234, 13 de Marzo de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:234
Número de Recurso239/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución234
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00329/2006 ROLLO Nº: RSU 239/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a trece de Marzo de de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia número 434/05 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 30 de Noviembre de 2005, dictada en proceso número 455/05 , sobre Incapacidad, y entablado por doña María Angeles frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1º.-La demandante Dª María Angeles , con D.N.I. NUM000 , nacida el 12/04/1947, se encuentra afiliada en el Régimen Especial Agrario como trabajadora por cuenta ajena. 2º.- Inició un proceso de incapacidad temporal el 30/11/2.002. 3º.- Fue iniciado expediente para la declaración de incapacidad permanente de la Sra. María Angeles , dictándose resolución por el INSS, el 23/02/2005 en donde era desestimada la petición de incapacidad permanente por no alcanzar las dolencias de la actora un grado suficiente de incapacidad.

4º.- Disconforme con la resolución anteriormente referida, interpuso reclamación administrativa previa con fecha 1/04/2005, la que fue desestimada por resolución de 21/04/2005. 5º.- La base reguladora asciende a 473,01 Euros. 6º.- La actora padece, como consecuencia de rotura de cuerno posterior de menisco interno que precisó de artroscopia en septiembre del 2003, gonalgia derecha. Presentando gonartrosis femoro-tibial"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Estimar la demanda promovida por Dª María Angeles , y en consecuencia, procede declarar a la misma incapaz permanente total para su profesión habitual de agricultora por cuenta ajena por causa de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión mensual equivalente al 55 por 100 de la base reguladora de 473,01 euros y con efectos desde el 21/02/2005. Condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por la presente resolución."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por

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