STSJ Andalucía 30/2007, 8 de Enero de 2007
Ponente | JESUS SANCHEZ ANDRADA |
ECLI | ES:TSJAND:2007:39 |
Número de Recurso | 3723/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 30/2007 |
Fecha de Resolución | 8 de Enero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
30/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Recurso nº.- 3.723/05 LC
Autos nº.- 868/04
ILTMOS. SRES.
D. MIGUEL CORONADO DE BENITO, PRESIDENTE
Dª Mª ELENA DÍAZ ALONSO
D. JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA, PONENTE
En Sevilla, a ocho de enero de dos mil siete.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NUM. 30 /2007
En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de CATERING EL CARMEN, S.L., contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 9 de los de SEVILLA, Autos nº 868/04 ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA Magistrado.
Según consta en autos se presentó demanda por el recurrente contra Servicio Andaluz de Salud, MINISTERIO DE DEFENSA, HOSPITAL MILITAR VIGIL DE QUIÑÓNEZ, Rafael, Marina, Alfredo, Miguel, Ángel Daniel, Millán, Agustín Y Matías, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día tres de mayo de dos mil cinco, por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
""PRIMERO.- La empresa Catering El Carmen,S.L, resultó adjudicatoria de los servicios de comedor y cafeteria del Hospital Militar Vigil de Quiñónez de Sevilla, por contrato administrativo especial de 3 de agosto de 2000, documento nº 1 de los aportados por el Ministerio de Defensa, que se produce.
El personal laboral de dicha empresa para tal servicio, ahora codemandados, como interesados, son: D. Rafael, D.N.I.nº NUM000, categoría profesional camarero, antigüedad 20/01/1994, y con un salario mensual neto de 926´36 euros. Marina, D.N.I. nº NUM001 ; categoría profesional ayudante de cocina, antigüedad 27/10/2000, y con un salario mensual neto de 877´98 euros. D. Alfredo, con D.N.I. nº NUM002 ; categoría profesional camarero, antigüedad 23/04/2000, y con un salario mensual neto de 937´35 euros. D. Miguel,D.N.I. nº NUM002 - D; categoría profesional ayudante de camarero, antigüedad 27/09/2000 y con un salario mensual neto de 877´98 euros. D. Ángel Daniel, con D.N.I. nº NUM003 ; categoría profesional camarero, antigüedad 18/03/1994 y con un salario mensual neto de 986´93 euros. D. Millán, D.N.I. nº NUM004 ; categoría profesional cocinero, antigüedad 24/12/1994, y con un salario mensual neto de 204´64 euros. D. Agustín, D.N.I.nº NUM005 ; categoría profesional camarero, antigüedad 16/01/1994 y con un salario mensual neto de 1009´78 euros. D. Matías, D.N.I. nº NUM006 ; categoría profesional encargado del Centro, y salario mensual neto de 985´91 euros.
Por ERE º 7/03 se autorizó a la citada empresa, hoy actora, a la suspensión de los siguientes contratos de trabajo:
D. Rafael, DNI nº NUM000
Marina,DNI NUM001
D. Alfredo, DNI NUM007
D. Miguel,DNI nº NUM002
D. Ángel Daniel,DNI nº NUM003 -N
D. Millán,DNI nº NUM004
D. Agustín,DNI NUM005
Folios 30 a 34 que se reproducen.
El contrato administrativo cesó el 30 de agosto de 2004.
Consta lo siguiente: Real Decreto 2399/2004, de 30 de diciembre sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de los medios personales adscritos al hospital militar Vigil de Quiñónez de Sevilla. En la relación de personal afectado, no están los codemandados, folios 133 a 138 que se reproducen.
Decreto 22/2005, de 1 de febrero, por el que se asignan al Servicio de Salud los medios personales adscritos al Hospital...
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