SAP Madrid 104/2007, 5 de Marzo de 2007

PonentePABLO QUECEDO ARACIL
ECLIES:APM:2007:2216
Número de Recurso448/2006
Número de Resolución104/2007
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00104/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 448 /2006

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

JUAN UCEDA OJEDA

En MADRID, a cinco de marzo de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 856 /2004, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 59 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 448 /2006, en los que aparece como parte apelante CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS representado por EL ABOGADO DEL ESTADO, y como apelados D. Carlos Daniel, y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, quienes formularon oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentaron, representados por los procuradores Dª LOURDES REDONDO GARCIA, y D. JORGE DELEITO GARCÍA, respectivamente. Por último también como apelados D. Lucas, D. Baltasar, y D. Jose Augusto, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO QUECEDO ARACIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 59 de Madrid, en fecha 5 de Enero de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Estimando en parte la demanda formulada por la Procuradora LOURDES REDONDO GARCIA, en nombre y representación de Carlos Daniel, contra Lucas, CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, Baltasar, Jose Augusto y contra MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, debo condenar y condeno a Lucas y CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS a que abonen solidariamente al actor la suma de 1.947,57 euros, en más el Consorcio al abono de los intereses del art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro, desde el día 10 de octubre de 2003, así como al pago de las costas causadas. Absolviendo a los otros codemandados de los pedimentos de la demanda."

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS al que se opuso la parte apelada D. D. Carlos Daniel, y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 31 de Enero de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

El recurrente, CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, se alza contra la sentencia de instancia, oponiendo dos motivos. En el primero mantiene la falta de legitimación activa el demandante, en tanto no consta que la factura en la que basa su derecho fuese pagada por ella, máxime cuando aparece a nombre de otra persona. En el segundo acusa error en la valoración de la prueba y, por tanto, falta de culpabilidad del conductor por el que legalmente debe responder. Además, mantiene que debería condenarse solidariamente a todos los intervinientes, citando una sentencia de esta misma Sala y ponente de 21-12-2005.

SEGUNDO

Antes de entrar en el fondo del asunto haremos una precisión, referida a la legitimación del apelante para solicitar la condena solidaria de sus codemandados. Por principio general, el apelante...

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