STSJ Murcia 513, 25 de Abril de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:513
Número de Recurso425/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución513
Fecha de Resolución25 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00456/2006 ROLLO Nº: RSU 0425/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veinticinco de Abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña Lucía , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 11 de Enero de 2.006, dictada en proceso número 633/05 , sobre Incapacidad, y entablado por don Lucía frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante, nacida el 28-4-43, se encuentra afiliada a la Seguridad Social con el nº

NUM000 y ha sido dada de alta en el Régimen Especial Agrario por la realización de las funciones propias de su profesión habitual de agricultora por cuenta ajena.

SEGUNDO

La actora solicitó pensión de incapacidad permanente en fecha 26-10-04. El dictamen-propuesta del Equipo de Valoraciones de Incapacidades es de fecha 14-3-05.

TERCERO

El Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de fecha 22-3-05, declaró la inexistencia de invalidez permanente en ninguno de sus grados. CUARTO.- Disconforme con la anterior resolución, la demandante formuló reclamación administrativa previa en la que solicitaba se le reconociera la situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual, reclamación que fue desestimada por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 30-6-05. QUINTO.- La demandante padece las siguientes dolencias y secuelas: trastorno distímico y trocanteritis bilateral (coxartrosis incipiente con limitación de los últimos grados de movilidad de la cadera). SEXTO.- La base reguladora mensual asciende a 475,86 euros." y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por doña Lucía , absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social de las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don diego Garcerán García, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña Lucía , de 62 años de edad y de...

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