STSJ Comunidad de Madrid 518/2023, 24 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Mayo 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Número de resolución518/2023

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931969

Fax: 914931957

34016050

NIG : 28.079.00.4-2021/0057256

Procedimiento Recurso de Suplicación 167/2023

M

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid Despidos / Ceses en general 671/2021 Materia : Despido

Sentencia número: 518/2023

Ilmos. Sres

D./Dña. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

D./Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D./Dña. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA

En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 167/2023, formalizado por el/la Sr. ABOGADO DEL ESTADO en nombre y representación de AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS, contra la sentencia de fecha 01/12/2022 dictada por el Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 671/2021, seguidos a instancia de D./Dña. Marí Trini frente a RICOH ESPAÑA SL y AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS, en reclamación por Despido, siendo

Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO. -El 7 Diciembre 2017 la AEMPS adjudica el contrato del servicio

denominado 'Servicios Técnicos de Grabación de Datos y Distribución de Documentación

en la Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios' -Expediente No

2017/22707/017- a la mercantil RICOH ESPAÑA SLU, suscribiéndose el contrato

correspondiente el 17 Abril 2018.

En el pliego de condiciones se establece como objeto del mismo "la prestación

de los servicios técnicos de grabación de datos y distribución de documentación en la

Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios."

El servicio tiene el siguiente alcance:

1. Grabación de datos avanzada:

* Preparación de la documentación recibida electrónicamente, para su validación

técnica y puesta a disposición y acceso de los técnicos evaluadores de la AEMPS.

* Grabación de datos y documentación en las distintas bases de datos de las

unidades de la Agencia, llevando a cabo la verif‌icación de los datos y actualización de la

documentación, de conformidad con los procedimientos creados al efecto.

* Carga manual de documentación y grabación de datos, previa verif‌icación de

los mismos.

* Mantenimiento actualizado de las bases de datos internas como las

aplicaciones web, dentro de los distintos departamentos de la AEMPS, asegurando la

trazabilidad documental de la información capturada, así como su relación con el registro

documental ya existente en los archivos de la Agencia mediante los correspondientes

procedimientos normalizados de trabajo (PNTs) que se han establecido para cada registro en concreto.

* La realización de trabajos complementarios necesarios para la grabación, así

como aquellas funciones de carácter general, destacando principalmente las de grabar datos, codif‌icar y digitalizar datos, capturasen pantalla, gestión documental, búsqueda de

información y manejo de webs, gestión del correo electrónico, mensajería, escanear y

migración de datos.

2. Grabación de datos:

* Grabación de datos y documentación en las distintas bases de datos de las

unidades de la Agencia, llevando a cabo la carga y actualización de la documentación, de conformidad con los procedimientos creados al efecto, así como la realización de trabajos complementarios necesarios para dicha grabación (recepcionar la información, separar y

clasif‌icar la documentación, escanear los documentos, abrir carpeta con numeración y

archivar la documentación, ensobrar, etc.)

* Realización de cualquier tipo de reproducción e documentos por medios

mecánicos o de remisión de documentos (fotocopiado, remisión por fax etc.)

* Se llevarán a cabo aquellas funciones de carácter general, destacando

principalmente las de grabar datos, codif‌icar y digitalizar datos, capturas en pantalla, gestión documental, búsqueda de información y manejo de webs, gestión del correo electrónico, mensajería, escanear y migración de datos.

3. Distribución de documentación. 3.1. Transporte

* Entrega y recogida, con periodicidad diaria, de documentación y paquetes entre

los distintos centros indicados en el punto 2 de este pliego de prescripciones técnicas, así como entre el Ministerio de Sanidad, Servicios sociales e Igualdad y demás organismos.

* Atención de incidencias que ocurran, diariamente y surjan en el desarrollo de

las funciones que esta Agencia tiene asignadas.

* Atender a las solicitudes de transporte que en cada momento sean solicitadas.

* Colaboración recogiendo y/o llevando personal de la AEMPS al destino correspondiente

* Traslado de materiales y suministros a las dependencias que se determinen

* Se llevarán a cabo aquellas funciones de carácter general relacionadas con el

servicio que contribuyan al cumplimiento del objeto del mismo.

3.2. Mocería

* Trabajos consistentes en recoger y entregar correspondencia, fotocopiado,

envíos de fax, así como otros trabajos secundarios ordenados por esta Agencia.

* Colocación y acarreo de mobiliario y enseres

* Apoyo en las tareas de mantenimiento del inventario general de la AEMPS *

Preparación de salas de reuniones

* Trabajos de manipulado de documentación: se realizará el porteado y traslado

de la documentación a los distintos archivos de la AEMPS y su traslado o recogida al

personal técnico o despachos donde sea preciso, así como su archivo. El personal destinado

por la empresas adjudicataria a estos trabajos será el encargado de la custodia de la

documentación en el proceso de su traslado o manipulado.

* Apoyo en los servicios de mantenimiento y conservación de los centros

indicados en el punto 2 del presente pliego.

* Apoyo en los trabajos correspondientes al Servicio de Reprografía:

fotocopiado, escaneado, encuadernación y otros.

* Se llevarán a cabo aquellas funciones de carácter general relacionadas con el

servicio de mocería que contribuyan al cumplimiento del objeto del mismo.

En el pliego de condiciones del contrato se establece el equipo de trabajo

necesario para la prestación de los servicios, determinando para el perf‌il de grabador

avanzado, una experiencia mínima de 4 años en puesto similar, con conocimientos

acreditados en los procedimientos que enumera relativos a la regulación de medicamentos de uso humano y veterinario, así como de la clasif‌icación de los mismos y de productos

cosméticos y de las bases de datos de medicamentos de uso humano y veterinario, etc.

Para el perf‌il de grabador, se requiere igualmente una experiencia mínima de 4

años en puesto similar con conocimientos acreditados en base de datos de medicamentos de uso humano y veterinario.

La AEMPS se compromete a poner a disposición los puestos de trabajo

necesarios, con equipamiento de of‌icina e informático, haciendo a la adjudicataria responsable de las posibles pérdidas o deterioros con obligación de reposición.

La empresa se obliga a dotar al personal de un dispositivo de identif‌icación así

como de una furgoneta y un coche berlina.

Dicho contrato tenia inicialmente una duración de 2 años, siendo prorrogado el

por un año adicional. La prestación de los servicios comienza el 1º Mayo 2018 y f‌inaliza el

30 Abril 2021.

SEGUNDO

El 26 Abril 2018 la entidad RICOH suscribe contrato de

arrendamiento de servicios con la entidad ILUNION BPO S.A.U -denominada posteriormente ILUNION CEE CONTAC CENTER.

El objeto del mentado contrato es que la entidad ILUNION BPO se compromete

a prestar frente a RICOH los servicios que se detallaban en el Anexo I, desempeñando tales servicios 47 trabajadores que quedan vinculados a dicho Centro Especial de Empleo. Tales servicios se prestan en la AEMPS con medios materiales cuya titularidad es de la AEMPS, y son facilitados por la misma.

TERCERO

Finalizada la contrata suscrita entre la entidad RICOH y la

AEMPS el 30 Abril 2021, los servicios de grabación de datos y distribución de documentación que habían sido ejecutados en dicha AEMPS por el personal de RICOH e ILUNION BPO fue revertido a la AEMPS, que recupera los medios materiales y comienza a prestar tales servicios con su propio personal.

CUARTO

Dña Marí Trini ha prestado

servicios bajo la dependencia de la entidad RICOH ESPAÑA S.L.U, en virtud de relación laboral indef‌inida a jornada completa, con una antigüedad reconocida desde el 5 Marzo 2007, categoría profesional A3-E-III, y salario mensual de 1 335,61 euros, con inclusión de pagas extra.

No ostenta la condición de representante legal o sindical de los trabajadores en el

año anterior a la fecha de cesar en la prestación de servicios.

Con carácter previo prestó servicios bajo la dependencia de la entidad ILUNION

IT SERVICES S.A. Una vez que la prestación servicios de grabación de datos y...

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