STSJ Asturias 95/2023, 31 de Enero de 2023
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 95/2023 |
Fecha | 31 Enero 2023 |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 00095/2023
T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
Correo electrónico:
NIG: 33044 44 4 2021 0004878
Equipo/usuario: MGZ
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002552 /2022
Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000828 /2021
Sobre: DESPIDO OBJETIVO
RECURRENTE/S D/ña Estela
ABOGADO/A: FRANCISCO JAVIER ALVAREZ ALVAREZ
RECURRIDO/S D/ña: UNIVERSIDAD DE OVIEDO
ABOGADO/A: CARLOS AGUSTIN HUERRES GARCIA
SENTENCIA Nº 95/23
En OVIEDO, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO, Presidente, Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES, Dª. MARIA CRISTINA GARCIA FERNANDEZ y Dª. LAURA GARCIA-MONGE PIZARRO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002552/2022, formalizado por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER ALVAREZ ALVAREZ, en nombre y representación de Estela, contra la sentencia número 429/2022 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000828/2021, seguidos a instancia de Estela frente a la UNIVERSIDAD DE OVIEDO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D JESUS MARIA MARTIN MORILLO .
De las actuaciones se deducen los siguientes:
Dª. Estela presentó demanda contra la UNIVERSIDAD DE OVIEDO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 429/2022, de fecha doce de septiembre de dos mil veintidós.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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) Dª. Estela, prestó servicios como Profesora de Lengua Española en los cursos de español para extranjeros impartidos en la UNIVERSIDAD DE OVIEDO desde el 01-08-06 hasta el 25-06-11, en virtud de cinco contratos de trabajo temporales por obra o servicio determinado, a tiempo parcial.
Tras la finalización del último contrato la actora presentó demanda por despido que fue turnada al Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo, dictándose sentencia con fecha 02-11-11 por la cual se declaró el despido como improcedente; por la UNIVERSIDAD DE OVIEDO se optó por la indemnización quedando extinguida la relación laboral.
La actora ostenta la titulación de Licenciada en Filología Hispánica.
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) A continuación la demandante prestó servicios en el R.E.T.A. y en el Régimen General en virtud de contratos de trabajo temporales para las siguientes entidades según lo que consta en su vida laboral:
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) Asimismo, la demandante impartió las siguientes actividades docentes para la entidad demandada en los cursos de español para extranjeros en la Casa de las Lenguas, en virtud de contratos que no constan:
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) Las partes aquí intervinientes suscribieron un contrato administrativo el 01-10-15 para la impartición de cursos de español para extranjeros en la Casa de las Lenguas, desde el 01-10-15 hasta el 31-08-16 sin posibilidad de prórroga, con un total de 448 horas y por un precio total de 17.920 € a razón de 40 €/hora.
En virtud del expediente PA 2016-16 de la UNIVERSIDAD DE OVIEDO, se sacó a licitación un Lote para la impartición de cursos en la Casa de las Lenguas, con las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, comprendiendo un curso trimestral de español, un curso semestral de español, 2 cursos intensivos para Erasmus, y 3 cursos intensivos de verano, pudiendo optar los licitantes por uno o varios sublotes; al concurso se presentaron un total de 21 empresas y particulares, siendo finalmente adjudicado a la demandante el Lote completo por ser la que más puntuación había obtenido, por resolución del Rector de fecha 07-10-16, con fecha de ejecución desde el 13-10-16 hasta el 31-08-17 sin posibilidad de prórroga, y por un precio total de 28.400 €.
La misma licitación se publicó para el año 2017 en el BOPA del 14-06-17 con un total de 11 Lotes, presentándose a la misma seis personas, siendo elegida finalmente para el Lote nº 11 la demandante y otra, por haber obtenido las mayores puntuaciones, firmándose el contrato administrativo con fecha 23-10-17 con vigencia de dos años desde entonces con posibilidad de prórroga por un plazo máximo de dos años; el contrato fue prorrogado por otros dos años hasta el 22- 10- 21; el precio fijado fue el de 40 €/hora para las clases de español para estudiantes internacionales, y de 60 €/hora para los cursos de español para ciencias de la salud, para negocios, y académico.
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) La actora emitió facturas por los siguientes importes totales anuales (excluidas retenciones por IRPF):
Año 2015: 13.720 €
Año 2016: 16.512,50
Año 2017: 29.054,25 €
Año 2018: 26.940 €
Año 2019: 24.340 €
Año 2020: 7.600 €
Año 2021: 2.400 €
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) La demandante impartió las siguientes horas lectivas en la UNIVERSIDAD DE OVIEDO según consta en las facturas emitidas:
Año 2017: 714,75 horas (280,3 desde el mes de octubre)
Año 2018: 650 horas
Año 2019: 580 horas
Año 2020: 190 horas
Año 2021: 60 horas
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) Con fecha 15-08-21, se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público el anuncio de licitación de un total de 10 Lotes para la impartición de clases de distintos idiomas, siendo el Lote 10 el de clases presenciales de español como lengua extranjera para estudiantes internacionales, con un presupuesto de
22.400 € para el año 2021, 85.200 € para el año 2022, y 62.800 € para el año 2023, a razón de 60 €/hora, con exigencia de la titulación de Licenciatura o doctorado en Filología española, o Graduados en lengua española y sus literaturas o licenciados en titulaciones afines, en ambos casos, con Master de Español como Lengua Extranjera; el plazo de ejecución se fijó en 2 años, con una posibilidad de prórroga por otros dos años; se presentaron un total de 13 licitadores, siendo admitida la demandante pero de manera provisional por defecto en la documentación aportada, concretamente por faltar el detalle de la titulación y el compromiso de suscripción de seguro, dándosele un plazo para subsanación.
Finalmente quedaron 5 licitadores excluidos, entre ellos la aquí demandante por no subsanar los defectos, quedando el Lote 10 desierto.
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) El Convenio Colectivo de la UNIVERSIDAD DE OVIEDO fija para el año 2021 las siguientes retribuciones para una jornada completa:
Profesor sustituto interino: 21.166,78 €
Profesor ayudante: 22.930,76 €
Profesor colaborador: 29.986,26 €
La jornada laboral a tiempo completo la fija el Convenio en 35 horas semanales para el personal de Administración y Servicios.
El artículo 71 del Convenio establece las siguientes jornadas máximas por año académico para el personal docente e investigador:
Para el Profesor Colaborador: 240 horas lectivas y 180 horas de tutorías.
Para el Profesor Ayudante: 60 horas anuales.
Para el Profesor Asociado: 180 horas lectivas y 180 de tutorías
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) El Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo acordó el 27-11-08 la creación de La Casa de las Lenguas, lo que fue objeto de aprobación definitiva por el Consejo Social con fecha 19 de diciembre de 2008. Con fecha 25 de noviembre de 2010 el Consejo de Gobierno aprobó el Reglamento de Régimen Interno de la Casa de las Lenguas, que fue publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el 27 de diciembre de 2010, el que a su vez fue modificado por Acuerdo de 21 de julio de 2017 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, el cual contiene las siguientes disposiciones en lo que aquí interesa:
Artículo 1.-Naturaleza, dependencia orgánica y régimen jurídico.
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La Casa de las Lenguas, que se encuadra en la categoría de "otros centros", al amparo de lo previsto en el artículo 10.3 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, está concebida como una estructura transversal a la de las Facultades y Escuelas, destinada al desarrollo de la enseñanza instrumental no reglada de idiomas en la Universidad, para servir de apoyo a la investigación y a la internacionalización de la institución, así como para dar respuesta a la demanda social en cuestiones relacionadas con las lenguas.
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La Casa de las Lenguas centralizará los servicios lingüísticos de naturaleza no reglada que ofrezca la Universidad de Oviedo.
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La Casa de las Lenguas dependerá orgánicamente del Vicerrectorado con competencias en materia de Internacionalización.
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La Casa de las Lenguas se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades, en los Estatutos de la Universidad de Oviedo aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, en el Acuerdo de creación de fecha 19 de diciembre de 2008, modificado por Acuerdo de 23 de junio de 2017, en el presente Reglamento de Régimen Interno y resto de normativa aplicable.
Artículo 3.- Sede y financiación.
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La Casa de las Lenguas tiene su sede principal en Oviedo, en el Campus de Humanidades, y cuenta además con otras sedes para impartir docencia en dependencias universitarias de Gijón, Avilés y Mieres.
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Los ingresos y gastos de La Casa de las Lenguas para cada ejercicio económico se consignarán en el Presupuesto General de la Universidad.
Artículo 15.- Profesorado de la Casa de las Lenguas.
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La Junta de Centro promoverá los procesos de selección del personal docente de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
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El profesorado de La Casa de las Lenguas estará formado por:
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Profesores de la Universidad de Oviedo en activo.
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Profesores externos a la Universidad de Oviedo contratados de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 16.- Autofinanciación.
Los...
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