STSJ La Rioja 170/2021, 2 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Noviembre 2021
Número de resolución170/2021

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00170/2021

C/ MARQUES DE MURRIETA 45-47

Tfno: 941 296 421

Fax: 941 296 597

Correo electrónico: saladelosocial.tsj@larioja.org

NIG: 26089 44 4 2015 0001473

Equipo/usuario: BMB

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000059 /2021

Procedimiento origen: DFU DERECHOS FUNDAMENTALES 0000483 /2015

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE D Iván, Iván

ABOGADO: PEDRO JOSE EZQUERRO SANCHEZ,

PROCURADOR:, MONICA EMMA PALACIO ANGULO,

RECURRIDOS: MINISTERIO FISCAL, MINISTERIO FISCAL, UNIVERSIDAD DE LA RIOJA

ABOGADA:,, AMAYA ROSA RUIZ-ALEJOS,,,,

Sent. Nº 170-2021

Rec. 59/2021

Ilma. Sra. Dª Mª José Muñoz Hurtado. :

Presidenta. :

Ilmo. Sr. D. Ignacio Espinosa Casares. :

Ilma. Sra. Dª Mercedes Oliver Albuerne. :

En Logroño, a dos de Noviembre de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 59/2021 interpuesto por D. Iván, asistido de Letrado D. Pedro J. Ezquerro Sánchez, contra la SENTENCIA nº 46/21 del Juzgado de lo Social nº 1 de Logroño de fecha 15 DE MARZO DE 2021 y siendo recurrida la UNIVERSIDAD DE LA RIOJA asistida por la Letrado Dña. Amaya Rosa Ruiz-Alejos, con intervención del MINISTERIO FISCAL, en representación de la acción pública; ha actuado como PONENTE LA ILMA. SRA. Dª MARIA JOSE MUÑOZ HURTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Iván se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño, contra la UNIVERSIDAD DE LA RIOJA, con intervención del MINISTERIO FISCAL en reclamación sobre TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, con fecha 15 DE MARZO DE 2021 recayó sentencia cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

El actor, D. Iván, ha venido prestando servicios para la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales, adscrita a la Universidad de La Rioja, como profesor agregado, con antigüedad desde el 1 de octubre de 2.003, con un salario mensual bruto de 581'12 euros, en virtud de los siguientes contratos de trabajo:

- contrato de trabajo de 1 de octubre de 2.003, temporal, de obra o servicio determinado, a tiempo parcial, con una jornada de 10 horas mensuales, en horario de tarde (1º cuatrimestre: lunes de 15'10 a 18'10 horas, martes y miércoles de 15'10 a 17'10 horas y 3 horas de tutorías semanales, 2º cuatrimestre: lunes de 15'10 a 18'10 horas, martes y miércoles de 15'10 a 17'10 horas y 3 horas de tutorías semanales), con duración hasta el 30 de septiembre de 2.004, para impartir las asignaturas de Derecho Sindical I y II, y Derecho Mercantil II durante el curso académico 2003/2004.

- contrato de trabajo de 1 de octubre de 2.004, temporal, de obra o servicio determinado, a tiempo parcial, con una jornada de 7 horas semanales, en horario de tarde (1º cuatrimestre: lunes de 15 a 17 horas y miércoles de 15 a 16 horas, y 3 horas de tutorías semanales, 2º cuatrimestre: martes y jueves de 15 a 17 horas y 3 horas de tutorías semanales), con duración hasta el 30 de septiembre de 2.005, para impartir las asignaturas de Derecho Sindical I y II durante el curso académico 2004/2005.

- contrato de trabajo de 1 de octubre de 2.005, temporal, de interinidad, a tiempo parcial, con una jornada de 7 horas semanales, en horario de tarde (1º cuatrimestre: lunes y miércoles de 15 a 17 horas y 3 horas de tutorías semanales, 2º cuatrimestre: martes y jueves de 15 a 17 horas y 3 horas de tutorías semanales) para sustituir a Dña. Melisa, con derecho de reserva de puesto de trabajo.

SEGUNDO

La Escuela Universitaria de Relaciones Laborales se adscribió a la Universidad de La Rioja de acuerdo con el Convenio de Adscripción de 22 de octubre de 1.993.

TERCERO

Mediante Decreto 50/2010, de 12 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, se dispone la incorporación de los estudios conducentes a la obtención del título de Diplomado en Relaciones laborales a la Universidad de La Rioja (BOR de 19/11/2010), estipulándose en su " Artículo 1 : Los estudios de diplomado en Relaciones Laborales, que hasta ahora venían siendo impartidos por la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales, se incorporan a la Universidad de la Rioja. "

Y en su artículo 2:

" Artículo 2.

  1. El personal docente que actualmente presta servicios en la Escuela de Relaciones Laborales y que se relaciona en el anexo (incluido el actor) se integrará en la Universidad de la Rioja, en los departamentos que corresponda, con efectos del inicio del curso 2010/2011.

  2. La relación jurídica de los profesores detallados en el presente decreto se regirá por lo dispuesto en los correspondientes contratos de trabajo, con las condiciones relativas a clasif‌icación de personal y de carácter retributivo equiparadas a los profesores asociados o colaboradores según sus diferentes regímenes de dedicación; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en la normativa sobre incompatibilidades y del respeto a las retribuciones f‌ijadas en los respectivos contratos. "

CUARTO

Tras su integración como personal docente de la Universidad de La Rioja, en el curso 2010/2011 el actor se incorporó al Departamento de Derecho, con dedicación P-4, impartiendo su docencia en el segundo cuatrimestre con la siguiente distribución horaria:

- Horario de Tutorías: martes de 17 a 21 horas.

- Horario de clases: lunes y martes de 15 a 17 horas y jueves de 19 a 21 horas.

QUINTO

En el curso 2011/2012 se le asigna al actor la impartición de las siguientes asignaturas en el Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos:

- Derecho individual del Trabajo (obligatoria): 6 créditos.

Asimismo, durante dicho curso, el actor mantiene la competencia académica (sin docencia y con evaluación) en relación a las siguientes asignaturas de la extinta Diplomatura en relaciones Laborales y Recursos Humanos:

- Derecho sindical I y II (4'5 créditos y 6 créditos, respectivamente).

- Derecho Procesal Laboral I y II (4'5 créditos en ambos casos).

Todas las asignaturas se han impartido en horario de tarde, a partir de las 15 horas, para lo que el actor tenía concedida por el Consejo General del Poder Judicial la correspondiente compatibilidad con su actividad principal como Magistrado- Juez.

SEXTO

En el curso 2013/2014 se le asigna al actor la impartición de las siguientes asignaturas en el Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos:

- Derecho Sindical (optativa): 6 créditos.

- Trabajo Social en Justicia (pertenece al Grado de Trabajo Social): 6 créditos, de los que imparte 2'40.

- Prácticas externas, durante ambos semestres: 0'80 créditos.

Asimismo, durante dicho curso, el actor mantiene la competencia académica (sin docencia y con evaluación) en relación a las siguientes asignaturas de la extinta Diplomatura en relaciones Laborales y Recursos Humanos:

- Derecho Procesal Laboral I y II (4'5 créditos en ambos casos).

Todas las asignaturas se han impartido en horario de tarde, a partir de las 15 horas, para lo que el actor tenía concedida por el Consejo General del Poder Judicial la correspondiente compatibilidad con su actividad principal como Magistrado- Juez.

SÉPTIMO

En el curso 2014/2015 se le asigna al actor la impartición de las siguientes asignaturas en el Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos:

- Derecho Sindical (optativa): 6 créditos.

- Trabajo Social en Justicia (pertenece al Grado de Trabajo Social): 6 créditos, de los que imparte 2'40.

- Prácticas externas, durante ambos semestres: 1'20 créditos.

- Solución extrajudicial de conf‌lictos laborales: 6 créditos, de los que imparte 2.

Todas las asignaturas se han impartido en horario de tarde, a partir de las 15 horas, para lo que el actor tenía concedida por el Consejo General del Poder Judicial la correspondiente compatibilidad con su actividad principal como Magistrado- Juez.

OCTAVO

En el curso 2015/2016 se le asigna al actor la impartición de las siguientes asignaturas en el Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos:

- Derecho colectivo del Trabajo: 6 créditos.

- Marco Normativo de la Seguridad Social: 6 créditos, de los que imparte 1'50.

Ambas asignaturas tienen horario de impartición de mañana.

- Prácticas externas: 1'40 créditos.

- Solución extrajudicial de conf‌lictos laborales: 6 créditos, de los que imparte 3.

NOVENO

Con fecha de 13 de julio de 2.015 la profesora sustituida por el actor, Melisa, solicita la reincorporación a su puesto de trabo en la Universidad de la Rioja con efectos de 11 de julio de 2.015.

Mediante Resolución nº 518/2015, de 15 de julio, del Rector de la Universidad de La Rioja se estima la solicitud de reincorporación.

Mediante Resolución nº 519/2015, de 15 de julio, del Rector de la Universidad de La Rioja se dispone la extinción del contrato de interinidad como Profesor Agregado a tiempo parcial de D. Iván, con efectos de 16 de julio de 2.015.

Interpuesta por el actor reclamación previa a la vía judicial contra la anterior resolución con fecha de 29 de julio de 2.015, se desestima por Resolución nº 631/2015, de 30 de julio; interponiendo posteriormente demanda con fecha de 3 de septiembre de 2.015.

DÉCIMO

Constan aportadas como documento nº 6 del ramo de prueba de la Universidad de La Rioja las Guías Docentes de asignaturas del curso académico 2015/2016, cuyo contenido se da por reproducido.

UNDÉCIMO

Constan...

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