STSJ Comunidad de Madrid 425/2020, 18 de Mayo de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Mayo 2020
Número de resolución425/2020

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34001360

NIG : 28.079.00.4-2019/0020574

Procedimiento Recurso de Suplicación 1363/2019

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid Despidos / Ceses en general 445/2019

Materia : Despido

Sentencia número: 425 /2020

D

Ilmos/as. Sres/as.

D./Dña. MARIA DEL ROSARIO GARCIA ALVAREZ

D./Dña. ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO

D./Dña. IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER

En la Villa de Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil veinte, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1363/2019, interpuesto por Don Faustino frente a sentencia dictada en 4 de septiembre de 2019 por el Juzgado de lo Social núm. 13 de los de MADRID, en los autos núm. 445/2019, seguidos a instancia de dicho recurrente contra AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa") y PROYECTOS INDUSTRIALES CARMONA, S.L. ("Proincar") en materia de extinción de contrato (despido) por causas objetivas, siendo Magistrado/a-Ponente el/la Ilmo/a. Sr./a D./Dña IGNACIO MORENO GONZALEZALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO. - D. Faustino vino prestado servicios para la Empresa AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa"), con una antigüedad desde el 03.09.1993, con categoría profesional de Director Técnico y percibiendo una retribución bruta mensual de 6.799,53 euros con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias, una vez descontadas las partidas de carácter extra-salarial (Plus Transporte).

(Hechos no controvertidos y acreditados a través de los documentos números 1, 2 y 3 del ramo de prueba del demandante).

SEGUNDO

La Empresa AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa") comunicó el día 5 de marzo de 2019 al trabajador carta de despido por causas objetivas (económicas, productivas y organizativas) con efecto desde ese mismo día, poniendo a disposición del demandante el importe de 103.907,41 euros en concepto de indemnización por despido, así como la correspondiente compensación por falta de preaviso.

(Documento número 2 del ramo de prueba del demandante - folio 49- y documental 1 del ramo de prueba de la demandada - folios 205 a 214- ).

El contenido de la carta de despido es el que se ref‌leja en los folios números 9 a 18 y 205 a 214 de los autos y en aras de la brevedad, se da por reproducido.

TERCERO

La Empresa AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa") se constituyó el 14/05/1985 y tiene por objeto social estudios, proyectos, investigación, desarrollo, dirección, control, inspección y ejecución de obras y servicios de ingeniería en general y ahorro energético y equipos térmicos en especial. La mercantil tiene su domicilio social en Paseo de la Castellana 182 de Madrid y su estructura de gobierno está formada por un consejo de Administración (folio 135).

CUARTO

La mercantil PROYECTOS INSDUSTRIALES CARMONA, S.L. ("Proincar") fue constituida el 22.03.2006, siendo su objeto social la compraventa, estudio, desarrollo y montaje de proyectos y planos de bienes de equipo y herramienta industrial. Fabricar, transformar, reparar y compraventa de calderería gruesa, armaduras metálicas y maquinaria. Tiene su domicilio social en avda. Monteboyal 21- Polígono Industrial Monteboy, Casarrubios del Monte, Toledo, siendo su Administrador Único D. Herminio y como Apoderado D. Ildefonso (folio 202).

QUINTO

Según el informe de vida Laboral, D. Faustino prestó servicios para las dos empresas demandadas en los siguientes periodos:

- Desde el 05.10.1990 hasta el 04.10.1991 para AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L.

- Desde el 03.09.1993 hasta el 15.04.1999 para APLICACIONES TECNICAS PROYECTOS INDUSTRIA.

- Desde el 22.04.1999 hasta el 31.07.2010 para AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L.

- Desde el 01.01.2008 hasta el 31.05.2021 para PROYECTOS INSDUSTRIALES CARMONA, S.L.

- Desde 01.08.2010 hasta el despido para AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L.

SEXTO

Las cuentas anuales de AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. arrojaron durante los ejercicios 2016, 2017 y 2018 los siguientes resultados:

2016:

- Importe neto de la cifra de negocio: 11.003.869,40 euros.

- Resultado del ejercicio antes de impuestos: 1.450.155,82 euros.

- Resultado del Ejercicio: 1.087.616,87 euros

2017:

- Importe neto de la cifra de negocio: 9.302.008,51 euros.

- Resultado del ejercicio antes de impuestos: 628.873,57 euros.

- Resultado del Ejercicio: 471.655,18 euros.

2018:

- Importe neto de la cifra de negocio: 7.733.430,28 euros.

- Resultado del ejercicio antes de impuestos: 44.367,91euros.

- Resultado del Ejercicio: 33.275,93 euros.

(Documentación contable - folios 408 a 438- del ramo de prueba de la demandada)

SEPTIMO

Los datos de volumen de negocio de la Empresa AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa") durante los ejercicios 2017 y 2018, divididos por trimestres, fueron los siguientes:

2017:

- Trimestre 1:

Importe neto de la cifra de negocio: 1.624.692,11 euros.

- Trimestre 2:

Importe neto de la cifra de negocio: 2.518.754,89 euros.

- Trimestre 3:

Importe neto de la cifra de negocio: 1.761.645,31 euros (existe un error en la carta de despido ya que indica 699.366,21 euros).

- Trimestre 4:

Importe neto de la cifra de negocio: 3.095.278,20 euros.

2018:

- Trimestre 1:

Importe neto de la cifra de negocio: 351.184,29 euros.

- Trimestre 2:

Importe neto de la cifra de negocio: 892.716,70 euros.

- Trimestre 3:

Importe neto de la cifra de negocio: 1.590.925,77euros.

- Trimestre 4:

Importe neto de la cifra de negocio: 2.081.903,55 euros.

(Carta de despido y Modelo 303 de los ejercicios 2017 y 2018 - folios 439 a 474 y folios 519 a 555- del ramo de prueba de la demandada, así como se da por reproducido en informe pericial de D. Leoncio - folios 598 a 614-).

OCTAVO

El 10 de abril de 2019 tuvo lugar el acto de conciliación ante el SMAC, con el resultado de celebrado sin avenencia (folio número 19 de los autos).

NOVENO

El demandante no ostenta ni ha ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores. (Hecho no controvertido)..

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"DESESTIMANDO la demanda formulada por D. Faustino contra AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa") y PROYECTOS INSDUSTRIALES CARMONA, S.L. ("Proincar"), declaro la PROCEDENCIA DEL DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS articulado sobre dicho trabajador el 05.03.2019, y ABSOLVIENDO a las empresas demandadas de todas las pretensiones ejercitadas en su contra".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte DEMANDANTE, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 03/12/2019 dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al mismo para su conocimiento y estudio en fecha 01/04/2020 señalándose el día 15/04/2020 para los actos de votación y fallo.

SEPTIMO

En la tramitación del presente recurso de suplicación no se ha producido ninguna incidencia.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza en suplicación el trabajador frente a sentencia que desestimó la demanda rectora de autos, dirigida como empresas contra AIR INSDUSTRIE THERMIQUE ESPAÑA, S.L. ("Aitesa") y PROYECTOS INDUSTRIALES CARMONA, S.L. ("Proincar"), a f‌in de que su despido, que produjo efectos del 5-3-2019, fuera calif‌icado de improcedente, con las consecuencias legales y económicas a ello inherentes, destinando los seis primeros motivos, con adecuado encaje procesal en el apartado b) del art. 193 LRJS, a la revisión del relato fáctico, y en concreto:

  1. - Del hecho probado primero, para sustituir donde pone "y percibiendo una retribución bruta mensual de

    6.799,53 euros con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinaria ", proponiendo conste un salario de 8.520,78 euros por todos los conceptos con exclusión del plus transporte.

  2. - Del hecho probado tercero, para adicionarle, y en los términos que ofrece, sendos nuevos párrafos, poniendo de relieve, y en esencia, la composición...

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