STSJ La Rioja 76/2020, 19 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución76/2020
Fecha19 Junio 2020

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00076/2020

C/ MARQUES DE MURRIETA 45-47

Tfno: 941 296 421

Fax: 941 296 597

Correo electrónico: saladelosocial.tsj@larioja.org

NIG: 26089 44 4 2019 0001126

Equipo/usuario: BMB

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000064 /2020

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000357 /2019

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE/S D/ña VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U.

ABOGADO/A: MIGUEL ANGEL FORTEZA GIL

RECURRIDO/S D/ña: FONDO DE GARANTIA SALARIAL, Luis María, SISTEMAS BIO-ECOLOGICOS APLICADOS,

S.L.

ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA, PABLO RUBIO MEDRANO, FRANCISCO JAVIER MARIN BARRERO,,

,,

Sen t. Nº 76-2020

Rec. 64/20

Ilma. Sra. Dª. Mª José Muñoz Hurtado. :

Presidenta. :

Ilmo. Sr. D. Cristóbal Iribas Genua. :

Ilma. Sra. Dña. Mercedes Oliver Albuerne. :

En Logroño, a diecinueve de Junio de dos mil veinte.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 64/20 interpuesto por VEOLIA SERVICIOS NORTE S.A.U. asistida del Abogado

  1. Miguel Angel Forteza Gil, contra la sentencia nº 24/20 del Juzgado de lo Social nº Uno de Logroño de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinte y siendo recurridos D. Luis María asistido del Abogado D. Pablo Rubio Medrano, SISTEMAS BIO- ECOLOGICOS APLICADOS S.L. asistido por el Letrado D. Javier Marín Barrero y FONDO DE GARANTIA SALARIAL asistido por el Letrado de Fogasa, ha actuado como PONENTE LA ILMA. SRA. DÑA. MARÍA JOSÉ MUÑOZ HURTADO.

ANT ECEDENTES DE HECHO

PRI MERO.- Según consta en autos, por D. Luis María, se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº Uno de Logroño, contra SISTEMAS BIO-ECOLOGICOS APLICADOS, S.L., VEOLIA SERVICIOS NORTE S.A.U. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, en reclamación de DESPIDO.

SEG UNDO.- Celebrado el correspondiente juicio, con fecha treinta y uno de enero de dos mil veinte, recayó sentencia cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

D. Luis María ha venido prestando servicios para la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U., dedicada a la actividad de industrias siderometalúrgicas, con antigüedad desde el 10 de enero de 2.005, con la categoría profesional de Grupo V-A, y un salario mensual bruto de 1.777'57 euros, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias; en virtud de contrato de trabajo indef‌inido a tiempo completo.

SEGUNDO

El actor no es delegado sindical y no ostenta la condición de representante de los trabajadores.

TERCERO

El trabajador viene prestando servicios para la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. a tiempo completo en diferentes contratas desarrolladas por dicha empresa. Dentro de esas contratas, el actor venía prestando sus servicios en el "Servicio de tratamiento y control preventivo contra la legionelosis en los Centros de Participación Activa de Personas Mayores de Alfaro, Arnedo, Autol, Calahorra, Rincón de Soto, Haro, Nájera, Santo Domingo de la Calzada y Zona Sur, Zona Oeste, Lobete y Manzanera de Logroño", con una jornada del 8'35%, que venía siendo desarrollado por la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. hasta el 31 de mayo de 2.019.

CUARTO

Mediante Resolución de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, de 24 de mayo de 2.019 se adjudica el "Servicio de tratamiento y control preventivo contra la legionelosis en los Centros de Participación Activa de Personas Mayores de Alfaro, Arnedo, Autol, Calahorra, Rincón de Soto, Haro, Nájera, Santo Domingo de la Calzada y Zona Sur, Zona Oeste, Lobete y Manzanera de Logroño" a la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L., estableciéndose como fecha de inicio de ejecución del contrato el 1 de junio de 2.019.

Dentro del personal subrogable, por la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. se incluye al demandante, con categoría Grupo V-A, Técnico nº 1, con un contrato indef‌inido a tiempo completo, antigüedad del 10 de enero de 2.005, y un porcentaje de jornada del 8'35%.

QUINTO

Con fecha de 3 de junio de 2.019 por la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. se notif‌ica al trabajador carta de la misma fecha, donde se señala:

Muy Señor nuestro

Por medio de la presente procedemos a notif‌icarle que con efectos del día 4 de junio de 2019 la empresa Veolia Servicios Norte cesa en la prestación de el Servicio de tratamiento y control preventivo contra la legionelosis en los Centros de Participación Activa de Personas Mayores de Alfaro, Arnedo, Autol, Calahorra, Rincón de Soto, Haro, Nájera, Santo Domingo de la Calzada y Zona Sur, Zona Oeste, Lobete y Manzanera de Logroño, contrato al que usted estaba asignado pasando a prestar dichos servicios por la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L., que ha resultado adjudicataria del mismo según concurso público celebrado al efecto conforme al expediente Expediente: 20-7-9.02-0046/2019.

Por ello a partir de dicha fecha esta empresa procederá a reducir su jornada laboral en un 8'35% siendo su contrato subrogado en ese porcentaje por la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L., según se establece en el Pliego de Condiciones, tramitando el correspondiente parte de variación de Seguridad Social.

Por la subrogación indicada a partir de la fecha citada, usted pasará a formar parte de la plantilla de la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L. la cual, por aplicación del art.44 del ET, se subrogará en todos los derechos y obligaciones derivados de su contrato de trabajo en el porcentaje mencionado, según se establece en el Pliego de Condiciones, datos que ya han sido facilitados a la nueva empresa.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente, quedando a su disposición para cualquier aclaración que necesite sobre el particular .

SEXTO

Con fecha de efectos de 4 de junio de 2019 la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. procede a modif‌icar el contrato de trabajo del trabajador en la Seguridad Social a contrato indef‌inido a tiempo parcial (200).

SÉPTIMO

Con fecha de 3 de junio de 2.019 la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. remite a la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L. carta de la misma fecha, con el siguiente tenor literal:

" Muy Señores nuestros:

Con fecha 3 de junio de 2019, hemos tenido conocimiento de su condición, de empresa adjudicataria para la contratación del "Servicio de tratamiento y control preventivo contra la legionelosis en los Centros de Participación Activa de Personas Mayores de Alfaro, Arnedo, Autol, Calahorra, Rincón de Soto, Haro, Nájera, Santo Domingo de la Calzada y Zona Sur, Zona Oeste, Lobete y Manzanera de Logroño" (Expediente: 20-7-9.02-0046/2019).

Por ello, tal y como se establece en la cláusula 18 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación en que se establece la "obligación del adjudicatario de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales y penalidades por incumplimiento", y conforme a lo establecido en el artículo 4l del Convenio Colectivo de trabajo para las Industrias Siderometalúrgicas de la Comunidad Autónoma de la Rioja, les facilitamos los datos del trabajador asignado a ese servicio para que procedan a su subrogación en un 8,35 por ciento de su jornada laboral.

Se consignan, por tanto, los datos del trabajador y en la documentación que se adjunta se incluyen los contratos de trabajo de los afectados, las últimas seis nóminas percibidas y la certif‌icación acreditativa de encontrarnos al corriente en la cotización a la Seguridad Social.

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o información adicional que precisen, indicándoles, por último, que con fecha 3 de junio de 2019 se procederá a realizar la reducción de su jornada en la parte correspondiente que afecta a esta empresa.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarles atentamente ".

Con fecha de 27 de junio de 2.019 se remite por la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. a la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L. la documentación correspondiente al trabajador demandante para su subrogación, documento nº 3 de Sistemas, cuyo contenido se da por reproducido.

OCTAVO

Con fecha de 5 de junio de 2.019 por la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L. se remite a la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. un correo electrónico con el siguiente contenido:

"Buenos días Desiderio :

Con relación a las tareas que tenemos que encomendar a Luis María, dentro del contrato por subrogación, que tendremos que realizar, los días de trabajo inicial serían: -Día 6, 7, 12, 13 y 14 de Junio y día 1,2 y 3 de Julio.

- Jornada: 9.00 h - 14.30 h.

Por nuestra parte esperamos su respuesta.

Cristobal .

Responsable Técnico de Tratamientos ".

Con fecha de 26 de junio de 2.019, por la empresa VEOLIA SERVICIOS NORTE, S.A.U. ( Desiderio ) se remite un correo electrónico a la empresa SISTEMAS BIO-ECOLÓGICOS APLICADOS, S.L., con el asunto: "Re: Tratamiento contra Legionella de los Centros de Participación Activa de Personas Mayores de La Rioja", con el siguiente contenido:

"Buenos días Cristobal .

No te he podido contestar antes, porque este tema es la primera vez que nos encontramos con un caso similar en el Grupo, y se ha estado buscando jurisprudencia y la mejor manera de enfocarlo.

En este caso el alcance del servicio incluye los trabajos preventivos trimestrales, más la revisión anual.

Por ello, entendemos que la manera de hacer esta interrelación más operativa para las 2 empresas y para el compañero es la de agrupar ese servicio en un periodo cada trimestre.

Numéricamente, la dedicación alcanza un 8,35% de las 1750 horas del convenio, es decir, 146 horas.

Adicionalmente, y de forma...

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