STSJ Murcia 195/2019, 27 de Febrero de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución195/2019
Fecha27 Febrero 2019

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA : 00195/2019

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO DE GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

Correo electrónico: tsj.social.murcia@justicia.es

NIG: 30016 44 4 2016 0000723

Equipo/usuario: ACL

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001375 /2017

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000212 /2016

RECURRENTE/S D/ña Imanol

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL: FRANCISCO JAVIER MARTINEZ CONTRERAS

RECURRIDO/S D/ña: INSS

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

En MURCIA, a veintisiete de febrero de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Imanol, contra la sentencia número 120/2017 del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, de fecha 3 de abril de 2017, dictada en proceso número 212/2016, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Imanol frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

  1. - El actor, nacido el NUM000 de 1962, fue declarado en situación de incapacidad permanente total por resolución del INSS y respecto a su profesión habitual de Montador de parquet (Autónomo).

  2. - A esa resolución fue formulada reclamación previa por la parte actora en petición del grado de absoluta, con desestimación expresa.

  3. - El cuadro clínico que aqueja al demandante es el siguiente: estenosis del canal lumbar en L3-L4-L5, intervenido: artrodesis L4-L5 y espaciador interespinoso L3-L4 (7 de julio de 2014); radiculopatía S1 derecha moderada sin actividad; lumbalgia; hidromielia de C5 a D1; distimia con rasgos obsesivos.

  4. - La base reguladora mensual de la prestación solicitada es la de 1.407,30 euros y los efectos de 9 de diciembre de 2015 y porcentaje del 100 % y con descuento de percepciones incompatibles o compensables en su caso y ello para el caso de estimación de la demanda.

SEGUNDO

Fallo de la sentencia de instancia.

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Desestimando la demanda formulada por Imanol en materia de INCAPACIDAD PERMANENTE frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la Entidad Gestora de la petición deducida de contrario".

TERCERO

De la interposición del recurso y su impugnación.

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por el Graduado Social D. Francisco Javier Martínez Contreras, en representación de la parte demandante.

CUARTO

De la impugnación del recurso.

El recurso interpuesto no ha sido impugnado por la parte demandada.

QUINTO

Admisión del recurso y señalamiento de la votación y fallo.

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 25 de febrero de 2019 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- La sentencia de fecha 3 de abril del 2017, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Cartagena, desestimó la demanda interpuesta por D. Imanol contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en virtud de la cual solicitaba prestaciones por incapacidad permanente absoluta, por revisión de la IPT reconocida en el año 2013.

Disconforme con la sentencia, la demandante interpone contra la misma recurso de suplicación, solicitando, tanto la revisión de los hechos declarados probados, como la revocación de la sentencia, para que se dicte otra estimatoria de la demanda, denunciando la infracción del artículo 137 de la LGSS .

FUNDAMENTO SEGUNDO .- El apartado 3º de los hechos declarados probados describe las lesiones y limitaciones funcionales existentes en la fecha del hecho cuanto en los términos siguientes: Estenosis del canal lumbar en L3-L4-L5, intervenido: artrodesis L4-L5 y espaciador interespinoso L3-L4 (7 de julio de...

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