STSJ Galicia 3877/2009, 11 de Septiembre de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:7512
Número de Recurso1329/2009
Número de Resolución3877/2009
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 1329/2009 interpuesto por Dª Petra contra la sentencia del JDO. DE

LO SOCIAL nº 3 de OURENSE siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Petra en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 925/2008 sentencia con fecha dieciséis de Enero de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La parte demandante Petra nacida el 29-4-49 afiliada a la Seguridad Social con el no NUM000 , encuadrado en el régimen especial de trabajadores autónomos; profesión: labrador de cocinera; base reguladora 703,22#./ SEGUNDO.- Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo declarada en situación de Invalidez permanente total por resolución de 21-8-08. Interpuesta reclamación previa fue estimada en parte por resolución del INSS de fecha 14-10-08 en cuanto a reconocerle el incremento del 20%./ TERCERO.- El demandante presenta las siguientes lesiones: inestabilidad de columna lumbar con alteración de alienación a varios niveles, artrosisdegenerativa con profusiones discales a varios niveles, artrosis cervical con anterolistesis C4, rizartrosis bilateral avanzada, gonartrosis derecha con signos clínicos de artrosis femoropatelar derecha".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Petra contra INSS, TGSS, sobre INVALIDEZ, declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a las demandadas de la pretensión en su contra ejercitada".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1.- Recurre la trabajadora el rechazo de su demanda en reclamación de IPA, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .

  1. - La censura jurídica no puede admitirse, ya que tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 17/07/09 R. 907/09, 13/07/09 R. 490/09, 07/07/09 R. 780/09, 16/06/09 R. 322/09 , etc.- la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina mediante un complejo proceso valorativo en el que se ponen en relación el cuadro general de las dolencias, la afectación personal y el trabajo del sujeto. Y, como quiera que estos tres elementos y sus interrelaciones recíprocas no son nunca exactamente las mismas, las decisiones van a ser...

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