STSJ Galicia 3593/2009, 13 de Julio de 2009
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2009:6796 |
Número de Recurso | 490/2009 |
Número de Resolución | 3593/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 490/2009 interpuesto por Africa contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 3 de
OURENSE siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Africa en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 854/2008 sentencia con fecha dieciocho de Diciembre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"Primero.- La parte demandante Africa , nacida el 28-12-65 afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 , encuadrado en el régimen general, con una profesión habitual de limpiadora. Base reguladora
1.125,42E./ Segundo.- Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo declarado en situación de Invalidez permanente total con fecha de 28-8-08. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución del INSS de fecha 29-9-07 que confirmaba la impugnada./Tercero.- Que la demandante presenta las siguientes lesiones: enfermedad de chron intervenida en el año 1996, último brote hace +- 3 años, artrosis degenerativa de predominio axial sinlimitación funcional actual, fístula anal intervenida con incontinencia fecal residual, hipotonía del esfínter".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Africa contra INSS Y TGSS, sobre INVALIDEZ, declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a las Entidades Gestoras demandadas de la pretensión en su contra ejercitada".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- 1.- Recurre la trabajadora el rechazo de su demanda en reclamación de IPA, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .
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- La censura jurídica no puede admitirse, ya que tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 10/06/09 R. 121/09, 05/06/09 R. 5695/08, 22/05/09 R. 5973/08, 19/05/09 R. 5819/08 , etc.- la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina mediante un complejo proceso valorativo en el que se ponen en relación el cuadro general de las dolencias, la afectación personal y el trabajo del sujeto. Y, como quiera que estos tres elementos y sus interrelaciones recíprocas no son nunca exactamente las mismas, las decisiones van a ser circunstanciales y casuísticas (SSTC 232/1991, de...
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