STSJ Canarias 654/2009, 1 de Septiembre de 2009

PonenteANTONIO DORESTE ARMAS
ECLIES:TSJICAN:2009:4005
Número de Recurso349/2009
Número de Resolución654/2009
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000349/2009 , interpuesto por Filomena , Remigio , Jose Pablo , Adriano , Carmelo , Ezequiel , Jacobo , Onesimo , Victoriano , Juan Enrique , Benjamín , Epifanio y Indalecio , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0001017/2008 en reclamación de EXTINCION DE CONTRATO , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A.

D./DÑA. Antonio Doreste Armas .

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por Onesimo , Filomena , Remigio , Jose Pablo , Victoriano , Adriano , Carmelo , Juan Enrique , Benjamín , Epifanio , Ezequiel , Jacobo y Indalecio , en reclamación de EXTINCION DE CONTRATO siendo demandado TEN-BEL TURISMO S.L., Promociones Wollzeile S.L., Santos y Almudena y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 3 de febrero de 2009 , por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Los demandantes prestan servicios para "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" con las antigüedades, categorías profesionales y salarios que se indican: D. Onesimo , 21 de junio de 1974, Segundo Mostrador, 1.994,98 euros. D. Remigio , 23 de junio de 1975, Jefe de Bar, 2.161,82 euros. D. Jose Pablo , 6 de mayo de 1981, Jardinero, 1.348,45 euros. D. Victoriano , 13 de enero de 1977, Subjefe de Mantenimiento, 1.719,68 euros. D. Adriano , 6 de junio de 1975, Jefe de Sala, 2.151 ,60 euros. D. Carmelo , 26 de mayo de 1978, 2º Mostrador, 1.825,55 euros. D. Juan Enrique , 21 de febrero de 1995, Camarero,

1.316,34 euros. D. Benjamín , 26 de mayo de 1978, Mozo de Equipaje, 1.458,25 euros. D. Epifanio , 2 de junio de 1983, Ayudante de Mantenimiento Electricista, 1.437 euros. Dª. Filomena , 16 de mayo de 1979, Jefe de Recepción, 1.830,79 euros. D. Ezequiel , 7 de agosto de 1976, Encargado de Economato, 1.761,55 euros. D. Jacobo , 2 de diciembre de 1983, Jardinero, 1.483,60 euros. D. Indalecio , 11 de febrero de 1976, Jardinero, 1.456,68 euros.

SEGUNDO

D. Onesimo es miembro del comité de empresa y liberado sindical desde 1986.

TERCERO

Desde por lo menos el año 2000, y hasta aproximadamente el último trimestre de 2008 la demandada abona a sus trabajadores las nóminas fuera del plazo de los cinco primeros días del mes previsto en el convenio colectivo de hostelería, habiéndose levantado por este motivo actas de infracciónpor la Inspección de Trabajo en marzo de 2000 y en enero de 2006. Además, por lo menos desde diciembre de 2004 se solía hacer un primer pago, comprensivo de la mitad de la nómina, entre el día 7 y el 14 del mes siguiente, y un segundo pago, por el importe restante, entre el 15 y el 30. La empresa en ocasiones concede anticipos sobre el total de las nóminas, y no aplicó la cláusula de descuelgue salarial del convenio colectivo. El pago de las nóminas de los demandantes se realiza por medio de transferencia bancaria. Desde el último trimestres de 2008 las nóminas se abonan dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al de su vencimiento.

CUARTO

"Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" promovió expedientes de regulación de empleo en los años 2005 y 2006.

QUINTO

A finales del mes de mayo de 2008 la dirección de "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" remitió a los directores de departamento un correo electrónico manifestando que "Ante la situación económica actual, y con ocasión de la preparación de un plan que nos permita analizar la posibilidad de incrementar la competitividad futura de Ten Bel, les comunicamos que no contrataremos estancias para la temporada invierno 2008". "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" comenzó a denegar reservas de apartamentos en el complejo "Alborada" para la temporada de otoño-invierno de 2008 a partir del mes de junio de 2008, alegando que a finales de octubre de 2008 iba a comenzar obras de reforma en ese establecimiento. El personal de la empresa conocía esa circunstancia desde al menos principios de junio de 2008.

SEXTO

En el mes de noviembre de 2008 el porcentaje de ocupación del Hotel Alborada, perteneciente a "Ten Bel", era de sólo el 6,33% -69 habitaciones ocupadas-. En los meses siguientes el número de habitaciones ocupadas no se prevé que superen las 32.

SÉPTIMO

"Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" ha estado vendiendo apartamentos en el complejo "Maravilla" durante el año 2008. La venta de apartamentos de dicho complejo se venía proyectando, o incluso efectuando, desde por lo menos 2006, como medio de financiación de "Ten Bel".

OCTAVO

"Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" comunicó en el mes de noviembre de 2008 a un total de 31 trabajadores que al no haberse resuelto aún el expediente de regulación de empleo para la suspensión de las relaciones laborales, y careciendo de trabajo efectivo que proporcionarles, hasta nuevo aviso se les concedía permiso retribuido, exceptuando su presencia en el trabajo de un día a la semana con horario reducido. D. Remigio y D. Carmelo se encuentran entre los trabajadores que recibieron dicha comunicación.

NOVENO

"Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" declaró en el impuesto de sociedades del ejercicio 2006 unas pérdidas de 10.160.744,59 euros, y en el ejercicio 2007, de 8.030.171,50 euros.

DÉCIMO

"Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" se constituyó el 21 de diciembre de 1992, teniendo como objeto social la administración, promoción y explotación de actividades turísticas, así como la prestación de servicios y suministros a apartamentos y establecimientos de hostelería, restaurantes, cafeterías y bares, pudiendo desarrollar actividades comerciales, financieras, mobiliarias e inmobiliarias. Su capital social asciende a 8.358.656 euros desembolsados, y su domicilio social se ubica en el Edificio de Administración de la Urbanización Ten-Bel, Arona. Actualmente su único socio es "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada", y su administrador único es D. Santos , con cargo inscrito en el Registro Mercantil el 4 de septiembre de 2007. Dª. Almudena es apoderada de la empresa. "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada" se constituyó el 20 de abril de 2005, teniendo por objeto la adquisición, cesión, explotación y enajenación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de terrenos, su urbanización y parcelación, la construcción de edificios de toda clase y su explotación bajo cualquier forma. Su capital social asciende a

3.010 euros, y su domicilio se encuentra en la calle Velázquez de Madrid, siendo administrador único D. Santos .

DECIMOPRIMERO

"Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" y "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada" presentan por separado sus cuentas anuales, teniendo la primera auditores de cuentas. "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada" no cuenta con personal asalariado. "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada" ha prestado apoyo financiero a "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada"; al mismo tiempo, un préstamo hipotecario al parecer suscrito por "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada" ha sido garantizado con bienes inmuebles de "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada", ubicados en el complejo "Alborada".

DECIMOSEGUNDO

A mediados de octubre de 2008 "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada" dirigió alcomité de empresa escrito dirigido a iniciar las negociaciones al efecto de un expediente de regulación de empleo para la suspensión de los contratos de trabajo durante un máximo de 18 meses, motivado por la ejecución de obras de reforma en el complejo "Alborada".

DECIMOTERCERO

No se ha aportado acta de intento de conciliación previa de los actores con las demandadas ante el SEMAC. .

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice: Debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por D. Onesimo , D. Remigio , D. Jose Pablo , D. Victoriano , D. Adriano , D. Carmelo , D. Juan Enrique , D. Benjamín , D. Epifanio , Dª. Filomena , D. Ezequiel , D. Jacobo y D. Indalecio , y, en consecuencia, absuelvo a las demandadas "Ten Bel Turismo, Sociedad Limitada", "Promociones Wollzeile, Sociedad Limitada", D. Santos y Dª. Almudena de todas las pretensiones contenidas en el suplico de la demanda. .

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte Filomena , Remigio , Jose Pablo , Adriano , Carmelo , Ezequiel , Jacobo , Onesimo , Victoriano , Juan Enrique , Benjamín , Epifanio y Indalecio , siendo impugnado de contrario. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo el día 29 de Junio de 2009 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO
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