STSJ Galicia 4445/2009, 16 de Octubre de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:8990
Número de Recurso3572/2009
Número de Resolución4445/2009
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 3572/2009 interpuesto por la CONSELLERIA DA PRESIDENCIA E ADMINISTRACIONS PUBLICAS contra la sentencia

del JDO. DE LO SOCIAL nº 1 de PONTEVEDRA siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Carla en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandados la CONSELLERIA DA PRESIDENCIA E ADMINISTRACIONS PUBLICAS y Fermina . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 1030/2008 sentencia con fecha veintiocho de Mayo de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Doña Carla , con DNI NUM000 , viene prestando servicios para la demandada Xunta de Galicia desde el 16 de septiembre de 2004, con la categoría profesional de vigilante de archivos y bibliotecas y salario mensual de 1.273,80 # con prorrata de pagas extras. La actora formalizó dos contratos de trabajo con la demandada: el primero de ellos, eventual por circunstancias de la producción, por notable aumento de visitantes en el Museo de Bellas Artes de A Coruña, de 1 de julio a 23 de septiembre de 2004, y el segundo, de interinidad, para cubrir temporalmente un puesto de trabajodurante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva como vigilante de archivos, bibliotecas o museos en el Museo Massó de Bueu (Pontevedra)./SEGUNDO.- Con efectos del 1 de noviembre de 2008 le fue comunicado su cese por reingreso al servicio activo de Doña Fermina ./TERCERO.- Doña Fermina es personal laboral indefinido de la Xunta de Galicia, con la misma categoría profesional de la demandante, desde el 12 de septiembre de 2003. Se encontraba en situación de excedencia por incompatibilidad y solicitó el reingreso al servicio activo en fecha 17 de julio de 2008, con preferencia en algún puesto del Museo Massó de Bueu. En Resolución de fecha 4 de septiembre de 2008, la Xunta de Galicia acordó aceptar dicha solicitud de reingreso y asignar, a lá solicitante la plaza de vigilante del Museo Massó que venía ocupando la demandante. La mencionada trabajadora tomó posesión de la plaza el 1 de noviembre de 2008. Por Resolución de 24 de octubre de 2008 de la Consellerla de Presidencia de la Xunta de Galicia se reconoció a la Sra. Fermina la condición de liberada institucional por Comisiones Obreras./CUARTO.- Quedó agotada la vía previa administrativa".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO:

"Que, estimando la demanda presentada por Dª Carla contra LA XUNTA DE GALICIA Y Dª Fermina debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante y, en su consecuencia, condeno a...

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