STSJ Cataluña 2395/2009, 17 de Marzo de 2009

PonenteFRANCISCO BOSCH SALAS
ECLIES:TSJCAT:2009:3790
Número de Recurso565/2008
Número de Resolución2395/2009
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 2395/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Hermenegildo (Secret.Genral Secc.sindical U.G.T.) y Mauricio frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Girona de fecha 30 de Junio de 2.008 dictada en el procedimiento nº 565/2008 y siendo recurridos el MINISTERIO FISCAL, NYLSTAR S.A. y Victorio (Administrador Concursal). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de Junio de 2.008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Tutela de derechos fundamentales, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de Junio de 2.008 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Hermenegildo Y D. Mauricio contra la empresa NYLSTAR S.A. y la ADMINISTRACION CONCURSAL, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos formulados en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Hermenegildo , provisto de DNI nº NUM000 , viene prestando servicios por cuenta y dentro de ámbito de organización y dirección de la empresa Nylstar S.A, con antigüedad de2-9-1974, ostentando la categoría profesional de Encargado de Sección, Grupo profesional 11.

El actor D. Mauricio , provisto de DNI nº NUM001 , viene prestando servicios por cuenta y dentro de ámbito de organización y dirección de la empresa Nylstar S.A, con antigüedad de 26-6-1969, ostentando la categoría profesional de Encargado de Sección, Grupo profesional 11.

SEGUNDO

Desde el 14-6-2005 el Sr. Hermenegildo es el Secretario General de la Sección Sindical de UGT en la empresa demandada. D. Mauricio pertenece al órgano de dirección de la Sección Sindical de UGT en la empresa. (folio 57)

TERCERO

La demandada tiene una plantilla de 272 trabajadores (260 en activo y 12 en jubilación parcial) y dispone de convenio propio de empresa.

CUARTO

El Comité de empresa está compuesto por trece miembros. Hasta las últimas elecciones 7 miembros pertenecían a la candidatura de CCOO y 6 a la candidatura de UGT. Tras las elecciones sindicales celebradas el 5-6-2007 son 8 los miembros avalados por CCOO y 5 los pertenecientes a la candidatura de UGT. (incontrovertido)

QUINTO

Mediante comunicación escrita datada el 8-4-2003, con efectividad a partir del día 14 del mismo mes, la dirección de la empresa decidió retirar el Sr. Mauricio su condición de mando intermedio, procediendo a su traslado a la sección de estiraje y asignación de un nuevo puesto de trabajo como estirador (nivel ICSA 6), para lo cual habría de seguir proceso de formación propio de dicho puesto. Las causas en que la empresa funda su decisión son la reiterada negativa del Sr. Mauricio a participar en todo tipo de formación que la empresa ha venido organizando e impartiendo, además de no asistir a la mayoría de reuniones convocadas por la sección, al objeto de participar en temas internos de la misma, mostrando con ello un desinterés total hacía la política de la empresa, a pesar de haber sido advertido verbalmente (folio 58). La medida fue retirada poco después.

SEXTO

En la reunión de la comisión paritaria y el Comité de empresa celebrada el día 29 de noviembre de 2004 la dirección informó sobre la conveniencia de hacer un reajuste organizativo en la Sección de Hilatura y respecto a sus encargados conforme al siguiente planteamiento: (folios 59 y 60)

-En Hilatura actualmente hay 9 encargados y consistirá en dejar 4 titulares.

-un 5º encargado haría suplencias en la proporción de 0,5 como encargado y otro 0,5 como operario.

-un 6º encargado haría suplencias por bajas, sean éstas por la causa que sean. Si no hay suplencias, haría funciones de operario.

-un 7º encargado haría lanzamiento de posiciones. Si no hubiese lanzamiento, hará las faenas que se le encomienden.

-los otros encargados restantes serían trasladados a otras secciones de la planta textil.

SEPTIMO

Hasta agosto de 2005 los 9 encargados de la sección de Hilatura trabajaban rotativamente los tres turnos (mañana/tarde/noche) a razón de dos encargados por turno, y los 3 restantes disfrutaban de descanso semanal. Los 9 encargados hacían rotación de puesto de trabajo, ejerciendo funciones de encargado los tres primeros días, y los tres días siguientes las tareas indicadas por el Jefe de Sección.

OCTAVO

A partir de agosto de 2005, y como consecuencia de la implantación del reajuste organizativo de la Sección de Hilatura, la situación de los 8 encargados (1 falleció en julio de 2005) es la siguiente: (incontrovertido)

EncargadosHilaturaAntigüedad encargadoAfiliación

D. Eulalio anterior a 1985UGT

D. Mauricio enero 1991UGT

D. Justo marzo 1991CCOO

D. Romualdo marzo 1991CCOOD. Luis Alberto marzo 1991UGT

D. Conrado marzo 1991UGT

D. Herminio 1992CCOO

D. Hermenegildo 2001UGT

-Hay 4 encargados titulares que siempre realizan funciones de encargado: dos de CCOO (Sr. Justo y Sr. Herminio ) y dos de UGT (Sr. Luis Alberto y Sr. Conrado )

-El actor Sr. Mauricio y el Sr. Romualdo trabajan tres días como encargado y tres días como operario.

-El actor Sr. Hermenegildo pasó a la sección de Estiraje y dejó de hacer tareas de encargado.

El Sr. Eulalio , pasó a hacer siempre tareas de operario y también suplencias de encargado.

NOVENO

El Sr. Hermenegildo causó baja médica por enfermedad común, permaneciendo en situación de IT en los siguientes períodos:

-del 17-11-2004 al 28-1-2005 por tendinitis

-del 14-2-2005 al 20-9-2005 para intervención quirúrgica de un quiste plantar y posterior recuperación.

A partir de 2004 el Sr. Eulalio ha sufrido los siguientes procesos de IT:

-del 7-10-2004 al 22-10-2004 Lumbalgia

-del 17-3-2005 al 8-5-2005: Lumbalgia

-del 7-2-2006 al 1-3-2006: sin diagnóstico

-del 20-6-2006 al 31-7-2006: sin diagnóstico

- del 8-10-2006 al 27-4-2007: accidente de trabajo

-del 6-5-2007 al 30-1-2008: sin diagnóstico

-del 13-3-2008 y sigue: sin diagnóstico

(folios 148 y 150)

DECIMO

El 15 de noviembre de 2005 la empresa entregó al Sr. Hermenegildo la siguiente notificación: "Le comunicamos que de acuerdo con el art. 8 (organización del trabajo) y el art. 9 apartado d (movilidad funcional) del III Convenio de Nylstar S.A, vigente en la actualidad, será Vd trasladado de la sección de Hilatura a la sección de Estiraje el próximo 22 de noviembre en el turno de noche (calendario V3).

En la sección de estiraje se le formará en todos los puestos de trabajo de la misma incluido el Escogido-Empaquetado cops y bobinas.

Dicho cambio viene motivado por la nueva reorganización de mandos intermedios en la Hilatura (comunicado en comisión Paritaria el 10 de junio 2004, acta nº 10- 2004), y la previsión de posibles sustituciones de mandos intermedios por prejubilaciones en las secciones indicadas.

Atentamente," (folio 62)

UNDECIMO

El 29 de noviembre de 2007 el Sr. Hermenegildo inició su formación como encargado de Estiraje que interrumpió provisionalmente para cubrir una baja en Hilatura desde el 8-1-2008 al 22-2-2008. (folios 64 a 66)

DUODECIMO

D. Romualdo permaneció un año en situación de IT hasta octubre de 2007. Desdeentonces ya no realiza funciones de encargado y sí solo de operario. Actualmente está afiliado a UGT, pero antes del cambio de afiliación sindical, ya se le indicó el cambio de funciones. (testifical del Sr. Romualdo )

DECIMOTERCERO

Por auto de 20-7-2007 del Juzgado mercantil nº1 de Girona, autos Nº 867/2007

, se declaró el Concurso voluntario de la empresa Nylstar S.A, nombrándose administradores concursales a

D. Victorio , Dña. Rosana , y a la entidad mercantil Sonoco Bonmatí S.A (folios 124 a 127)

DECIMOCUARTO

El Director de RRHH DEL Nylstar S.A Sr. Epifanio , que el día de las elecciones sindicales dio muestras evidentes de alegría al conocer que CCOO había obtenido mayor número de representantes para el Comité de Empresa, comentó a un trabajador de nueva contratación que "era mejor que no se afiliara a CCOO". (testificales del Sr. Luciano , Sr. Samuel y Sr. Pedro Enrique )

DECIMOQUINTO

El día 14 de mayo de 2008 tuvo entrada en el CMAC papeleta de conciliación, celebrándose sin avenencia acto de conciliación el día 26-5- 2008. (folio 14)

DECIMOSEXTO

A fecha del presente juicio, y también en la fecha en que tuvo lugar el intento de conciliación administrativa, el Sr. Hermenegildo desarrolla en la sección de Estiraje las funciones de encargado tres días por semana, y de operario los otros tres. (confesión del actor Sr. Hermenegildo )

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, dando traslado a las partes , e impugnando NYLSTAR S.A.U. ,...

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