SAP Madrid 290/2007, 11 de Julio de 2007

PonenteEDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
ECLIES:APM:2007:11049
Número de Recurso317/2007
Número de Resolución290/2007
Fecha de Resolución11 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL ROLLO APEL: 317/07

SECCION TERCERA JUICIO FALTAS: 274/06

MADRID JDO. INS. Nº 4 - MADRID

SENTENCIA NUM: 290

En Madrid, a 11 de julio de 2007.

El Ilmo. Sr. D. Eduardo Víctor Bermúdez Ochoa, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, ha visto en segunda instancia, ante ésta Sección Tercera, la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Madrid, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número 274/06, habiendo sido partes como apelantes la Mutua Madrileña Automovilista y Ismael y como apelados el Ministerio Fiscal y Luis Carlos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Madrid en el Juicio de Faltas antes mencionado dictó Sentencia con fecha 18 de Abril de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Ismael como autor responsable de una falta de lesiones por imprudencia leve, tipificada en el artículo 621.3 del Código Penal a la pena de UN MES DE MULTA, con una cuota diaria de SEIS EUROS por día de sanción, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.

Deberá además indemnizar a los perjudicados en las siguientes cantidades:

A Celestina en la cantidad de 8.245,68 euros.

A María Milagros en la cantidad de 906,58 euros.

A Luis Carlos en la cantidad de 6.249,34 euros.

Se declara la responsabilidad civil subsidiaria de MAQUINAVER S.A. y la responsabilidad civil directa de MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, a quien condeno además a que pague el interés legal de las anteriores cantidades, según lo previsto en el artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro, desde la fecha del siniestro hasta la del completo pago de la deuda.

Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado(s) quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente."

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, por la Mutua Madrileña Automovilista y Ismael se interpuso Recurso de Apelación, haciendo las alegaciones que se contienen en su escrito del Recurso que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba, dándose traslado...

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