STSJ Galicia 286/2009, 21 de Enero de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:2950
Número de Recurso3166/2008
Número de Resolución286/2009
Fecha de Resolución21 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0003166/2008 interpuesto por Florencio contra la sentencia del

JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de A CORUÑA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Florencio en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000198 /2007 sentencia con fecha ocho de Abril de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

El actor fue declarado en la situación de Invalidez Permanente Total para su profesión habitual de electricista, derivada de enfermedad común, por resolución de 13 de febrero de 2006 y una base reguladora entonces de 949,75 €.-

Segundo

Con fecha 10 de octubre de 2006 el Instituto Nacional de la Seguridad Social inicia de oficio expediente de revisión de invalidez procediendo a la baja en dicha situación con efectos de 31-1-2007 por mejoría de la patología.-Tercero.- Padecía en la fecha de declaración de invalidez inicial las siguientes lesiones: Tendinitis hombro izquierdo afectando a supraespinoso y bíceps. Gonartrosis derecha incipiente. Hipertensión arterial.- Cuarto.- Actualmente sus lesiones son las siguientes: Estudio ecográfico hombro izdo. 11/06 no revela datos definitivos de patología. Artroscopía rodilla dcha.6/02 (Meniscectomia parcial interna). HTA a tto. Desde +/- 04.- Quinto.- Se agotó la vía previa en la forma reglamentaria.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por D. Florencio absuelvo de la misma a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPT, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación de los artículos 143 y 137 LGSS .

SEGUNDO

La revisión fáctica es inatendible, porque no resulta acorde a las exigibles reglas de la sana crítica (artículo 348 LEC ) prescindir del especializado y objetivo parecer del IMS para seguir el diagnóstico ofrecido en informes, que aunque ciertamente puedan ser atribuibles a Médicos...

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